Gestación subrogada

No son sus hijos

Las parejas españolas que esperan en Ucrania saben que en España su actuación está penada

Ilustración de Leonard Beard

Ilustración de Leonard Beard / periodico

Carmen Domingo

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Imagínense el siguiente titular: “El señor X a las puertas de la Embajada española en Teherán se queja de que lleva más de cuatro meses esperando a que se reconozca su matrimonio para entrar con su esposa a España. La pareja ya tenía tramitados los papeles cuando sus gestiones las ha paralizado el Gobierno español”. Cualquiera que leyera esta noticia imaginada, reclamaría el derecho a que un matrimonio pueda vivir donde decida y se le deje entrar de inmediato en España, patria de uno de los cónyuges. Entonces... seguiríamos leyendo y veríamos que la “esposa” tiene 13 años, edad en la que es legal casarse en Irán. Conocido este dato la opinión pública cambiaría y entendería que al matrimonio en cuestión no se les permitiera entrar como tal, puesto que es ilegal en España que un menor contraiga matrimonio.

Hasta aquí, ninguna duda.

Imaginemos ahora otro titular ⎯similar a alguno que últimamente hemos visto⎯: “X e Y reclaman, a las puertas del consulado en Kiev, que se legalice su situación y se les deje entrar en España con sus hijos”. Aquí, como en el otro caso, se nos llevarían los demonios y reclamaríamos que dejaran entrar en nuestro país a padres e hijos. Nadie en su sano juicio defendería la separación familiar. Sin embargo, también en este caso, seguiríamos leyendo y veríamos que esos niños en realidad tienen una madre ucraniana, la mujer que los gestó y que, a falta de una prueba de ADN fiable, se desconoce quién es su padre.

Llegados aquí nuestra opinión cambiaría y entenderíamos que no hay que separar a un bebé de su madre.

El Gobierno tiene que proteger a los bebés y no participar en un comercio a costa de mujeres pobres

Sorprende que en la mayoría de medios de comunicación ⎯y me centro ya en el segundo supuesto⎯ se hable de hijos de parejas españolas esperando a las puertas del consulado a que se les reconozca una actuación que, precisamente, han ido a realizar fuera de nuestro país porque aquí está penada.

Esas parejas salen de España porque saben que según el ordenamiento jurídico español cometerían un delito contratando a una mujer para que les venda su hijo. La embajada no regulariza una irregularidad y así lo aclara un comunicado del Ministerio de Asuntos Exteriores: “En relación a la posibilidad de inscripción del nacimiento de un menor en el Registro Civil, se recuerda que artículo 10 de la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, establece que el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, será nulo de pleno derecho, siendo la filiación materna del menor determinada por el parto y la paterna según las reglas de la filiación matrimonial o la no matrimonial.”

No tiene ninguna validez un documento en el que la madre ucraniana renuncie a su hijo y el padre biológico presente una prueba de ADN ⎯no siempre fiable⎯, que lo señale a él. Por eso no, los bebés que están en Ucrania no son sus hijos, hasta la fiscalía de menores ucraniana ha abierto alegaciones sobre el tráfico de bebés, son bebés a los que el Gobierno español tiene la obligación de preservar y proteger, respetando la maternidad de sus madres ucranianas y no participando en un comercio de bebés a costa de mujeres pobres. La ley española es clara, no son hijos de esos matrimonios españoles, no es correcto por tanto engañarnos con eso.