ANÁLISIS
Qué queremos: ¿justicia o venganza?
No se olvide algo esencial: a la cárcel no se le puede pedir certeza en el tratamiento del delincuente
Joan J. Queralt
Catedrático de Derecho Penal de la UB.
Joan J. Queralt
Cumplida su condena de 20 años, se excarcela al llamado 'violador de la Verneda', mote (en sí mismo) poco compatible con una sociedad implicada en la resocialización de cualquier delincuente, incluso de aquellos cuyos actos más repugnancia generan, como la violación.
Primero preguntémonos qué queremos: ¿justicia o venganza? Si venganza, no hace falta ni escribir ni menos aun leer este artículo. Si, justicia, o lo que es lo mismo, un equilibrio precario entre lo posible y lo ideal, entre el castigo del delincuente, el ofrecerle mecanismos que le permitan mantenerse alejado del delito –eso es la resocialización- y la satisfacción a las víctimas, entramos en un debate poliédrico, pero que ha de ser construido sin prejuicios ni cuñadismos.
Recuérdese que, ni ahora –con la regulación actual- ni antes –al momento de los hechos-, cabe someter a restricciones de libertad a alguien que es libre. Así funciona en los estados de Derecho.
Reincidir
No se olvide algo esencial: a la cárcel no se le puede pedir certeza en el tratamiento –mala palabra- del delincuente. Esto es: que cuando salga de presidio, saldrá inmaculado como un lirio de mayo. Dado que ni las matemáticas son exactas, no cabe reclamar certeza en los ámbitos que incluyen el riesgo, entre sus variables, como es el pronóstico sobre la recaída en el delito.
Los servicios penitenciarios y la Fiscalía entienden que, pese a las manifestaciones del propio interesado, este presenta un alto riesgo de reincidencia. Pero estas admoniciones, como ya sucedió en pasado, tienen tanto de aviso, quizás legítimo, a la sociedad, como de parche antes de la herida; suena al "yo ya lo advertí". Se advirtió ¿y qué? ¿Cuál es la alternativa?
La libertad vigilada, que no es perpetua, no estaba en vigor al tiempo de los hechos. Hipotéticamente, apliquémosla. Sin embargo, repito: se advirtió ¿y qué? La libertad vigilada puede contemplar el cumplimiento de unas medidas educativas y terapéuticas en sentido amplio. ¿Dónde están esas medidas? ¿Dónde están los profesionales y centros adecuados para llevarlas a cabo? ¿Dispone la administración penitenciaria –que debería hace tiempo responder a la denominación y contenido de sistema de ejecución de penas y medidas- de las pertinentes infraestructuras? Mal está eso de echar la culpa a los demás cuando distamos años luz de cumplir un mandato constitucional tan simple –en su enunciado- como es la resocialización del delincuente.
La única solución legalmente posible es doble. Por un lado, someter al excarcelado a un seguimiento no invasivo ni perceptible por él. Parece que los Mossos ya se han puesto manos a la obra. Si el liberado es un peligro potencial, se ha de observar como otros peligros potenciales, humanos, naturales o materiales. La otra estriba en ofrecerle la ayuda económica y asistencial necesarias para mantenerlo alejado del delito. Empezando por no colgarle un cartel de “soy un violador” cuando vaya a refugiarse en un albergue o a pedir trabajo.
La venganza, desde luego, es más simple y directa.
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