EL CÓDIGO PENAL
Tergiversando el delito de odio
El nuevo redactado del artículo 510 permite castigar la incitación a la violencia o la discriminación hacia alguien de ideología opuesta
Xavier Rius Sant
Periodista. Autor de 'Vox. El retorno de los ultras que nunca se fueron'.
XAVIER RIUS
La tipificación de los delitos de odio se introdujo en el Código Penal para acabar con el vacío que permitía la absolución de declaraciones de exaltación del nazismo o llamando a la violencia o discriminación contra inmigrantes. Tras sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional, que al hacer prevalecer la libertad de expresión, vaciaron de contenido su aplicación, por exigencia de un acuerdo de la Unión Europea, el Gobierno remitió a las Cortes un nuevo redactado del artículo 510, similar al de otros códigos europeos, aprobado en 2015.
Así castiga a quien incite al odio, discriminación o violencia "contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad".
Ello permite castigar a quien hace expresiones contra miembros de dichos colectivos. Y destaca la inclusión en el listado la referencia a la ideología ideología, ya que muchos delitos de odio se basan en la animadversión ideológica. Es decir, la incitación a la violencia o discriminación hacia alguien de ideología opuesta.
Policías e idologías
Pero ni en el redactado inicial del 510, ni en el actual, nadie planteó incluir en el listado, la pertenencia a determinadas profesiones como los policías. Porque policías los hay de distintas ideologías.
Lo que hicieron los llamados a declarar tras el 1 de octubre, no fue fomentar odio hacia los miembros de un cuerpo profesional, circunstancia tampoco tipificada como delito de odio, sino rechazar unas órdenes que estos recibieron y ejecutaron. Por poner un ejemplo, podría ser delito de odio pedir que se vayan de Catalunya los dirigentes de Ciudadanos, pero no lo es gritar "¡Fuera las fuerzas de ocupación!", como sí lo sería pedir la marcha de taxistas paquistanís, pero no manifestarse contra Uber.
- El de la Policía Nacional para los robos en las viviendas: "Si los ves, no toques nada
- Comprobar si mi número de La Grossa de Sant Jordi 2024 tiene premio
- ¿Dónde se baila en Barcelona a partir de los 40 años?
- El primer gran 'beach club' de Barcelona abrirá en junio: así será su oferta
- Alerta de la Policía Nacional sobre una estafa que puede afecta a miles de personas
- Un juzgado de Barcelona concede una incapacidad absoluta a una vendedora con fibromialgia y agorafobia
- El mensaje que manda Hacienda tras devolver el dinero de la renta
- Lleida acumula en pocas horas la lluvia caída en más de dos años