Los contratos de la Administración pública
Una cooperación de interés general
Catalunya da un paso importante a articular la asistencia sanitaria a través de entidades sin ánimo de lucro
Oriol Illa
Presidente de la Taula del Tercer Sector
ORIOL ILLA
Hace unas semanas, el Departament de Salut anunciaba una ley que permitirá concertar los servicios de asistencia sanitaria exclusivamente con entidades del tercer sector o de la economía social. Esta noticia era importante porque situaba, por primera vez, los servicios de atención a las personas fuera de la lógica mercantilista en un ámbito altamente sensible: el sanitario. Al mismo tiempo, permitirá establecer al tercer sector y a las empresas sociales como aliados prioritarios de la Administración en la gestión de los servicios de asistencia sanitaria. Este punto de partida no significa que se excluya la colaboración de las empresas mercantiles en la red sanitaria pública.
La UE establece que los servicios de atención a las personas (también los servicios sanitarios) son de interés general y que, por ello, no están sometidos a las reglas del mercado. Asimismo, faculta a los estados para que puedan dar más peso a criterios como accesibilidad, calidad, disponibilidad, protección de colectivos vulnerables, participación de los usuarios o la innovación, en detrimento del precio.
REGULAR LA CONTRATACIÓN
Catalunya ha optado por transplantar la directiva europea 2014/24 / UE a través del anteproyecto de ley de fórmulas de gestión de la asistencia sanitaria, y del anteproyecto de ley de contratos de servicios a las personas, para regular la contratación pública de todo tipo de servicios de atención. Este segundo anteproyecto prevé introducir criterios de solvencia que darán un peso muy importante a la calidad, la experiencia previa en el territorio o la innovación. Y el anteproyecto de ley impulsado por Salut convertirá las entidades sin ánimo de lucro y de la economía social en las organizaciones preferidas para prestar servicios sanitarios en la red pública cuando no lo sean directamente por la Administración. Todo ello convierte casos como el de la adjudicación del CAP de L’Escala, en el 2013, a una empresa lucrativa, en un escenario de futuro altamente improbable, ya que será difícil que un servicio sanitario sea gestionado por una entidad privada sin solvencia.
MÁS CERCA DE EUROPA
El paso dado por Salut va en la línea del modelo que hace tiempo defendemos las entidades del tercer sector. Si ha sido posible dar este paso en el ámbito sanitario, esperamos que este modelo se pueda extender también a los servicios sociales en breve.
Es un paso que nos acerca a Europa y que ofrece un marco de relación estable con las entidades no lucrativas y de la economía social, que aportan a la gestión de servicios públicos sanitarios y sociales la experiencia y valor de una misión estrictamente social: el servicio del interés general y con voluntad de servicio público; compromiso con la integración social de los sectores más desfavorecidos por razones económicas, sociales, de salud, edad u otros; mayor proximidad a la comunidad y al territorio y máximo compromiso con la calidad del servicio hacia los usuarios.
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