Los procesos de secesión

La referencia canadiense

Hay crisis constitucionales que solamente pueden resolverse en el plano político, con una negociación

XAVIER ARBÓS

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Hace 15 años, el Tribunal Supremo de Canadá hizo público su dictamen sobre una hipotética secesión unilateral de Quebec. La cuestión, planteada por el Gobierno federal, se concretaba en dos preguntas. Por la primera, se quería saber si la Constitución canadiense lo admitía. Por la segunda, si el derecho internacional público lo amparaba. El Tribunal Supremo respondiónoen ambos casos, lo que podía darse por supuesto. Pero añadió unas consideraciones de gran interés, con las que aportó criterios para encauzar un problema político jurídicamente irresoluble.

No era fácil. Los nueve magistrados del Tribunal Supremo son designados, todos, por el primer ministro federal de Canadá y ejercen su cargo hasta los 75 años. Aparte de dictar sentencias, el tribunal puede actuar como órgano consultivo del Gobierno federal emitiendo los dictámenes que este pueda pedirle. La manera en que se hacen los nombramientos, de acuerdo con la voluntad del jefe del Ejecutivo federal, hace que se presuma que el tribunal dará la razón a la federación más a menudo que a las provincias. Y cuando el Gobierno federal pidió el dictamen del que hablamos, el clima era tenso. En octubre de 1995 el Gobierno soberanista de Quebec había convocado un referendo sobre la secesión, con una pregunta de claridad dudosa. Elnoganó por muy poco, y le tocaba al Tribunal Supremo manifestarse sobre la legalidad de la secesión que pretendían los soberanistas si hubieran ganado. Asimismo, los magistrados se jugaban la reputación. Debían dar una opinión jurídica, pero sin permitir que el tribunal apareciera como un mero instrumento al servicio del Gobierno federal. No podían complacer simultáneamente a secesionistas y federalistas, pero debían mantener en ambos campos un mínimo de credibilidad.

El dictamen del 20 de agosto de 1998, hoy hace tres lustros, dice que no puede llevarse a cabo unilateralmente la secesión porque la Constitución canadiense no lo permite. No lo permiten sus preceptos ni -lo que es más importante- lo permite la lógica del constitucionalismo canadiense. La Constitución canadiense puede modificarse siguiendo los procedimientos previstos, y acoger en su caso la secesión de Quebec. Pero reivindicar como un derecho absoluto el de separarse significa menospreciar la importancia de la negociación política inherente a la vida democrática. No puede tampoco invocarse el derecho a la autodeterminación en los términos del derecho internacional público. Tal como lo interpreta el Supremo canadiense, el derecho a la autodeterminación solamente puede llevar a la secesión en los casos de pueblos colonizados u oprimidos, que no es el de Quebec dentro de la federación canadiense.

Puede haber quizá otras interpretaciones, como ocurre siempre en el mundo del derecho. Pero el Tribunal Supremo de Canadá se esfuerza en explicarse aportando cuatro principios sobre los que, vinculados, hace girar los argumentos: federalismo, democracia, constitucionalismo y Estado de derecho, y respeto a las minorías. Estos cuatro principios son imprecisos, pero tienen la virtud de resultar mínimamente aceptables, todos o algunos, como valores compartidos por las partes en conflicto. Se encuentran en un terreno común, sobre el que el tribunal plantea lo que hace que hoy lo recordemos. Tras afirmar que la secesión unilateral de Quebec es jurídicamente inadmisible, indica también que si hubiera una mayoría clara a favor de la secesión, en respuesta a una pregunta también clara, los gobiernos federal y provincial deberían negociar para dar una salida a la voluntad del pueblo de Quebec.

El dictamen no determinaba qué era una pregunta clara, ni la mayoría clara afirmativa que llevaba a la negociación, pero con él el tribunal conseguía dos cosas muy importantes: evitar aparecer como un mero instrumento del Gobierno central y ser útil al proceso político. Haciéndose eco del dictamen, el 21 de agosto de 1998 la portada deLe Devoir,diario quebequés que no puede ser tachado de hostil al soberanismo, reflejaba que tanto los independentistas como sus adversarios se consideraban ganadores morales.

En resumen: cuando la aplicación de las normas lleva al enquistamiento de un problema político, el Tribunal Supremo canadiense emplea los principios que inspiran estas normas para ofrecer criterios de solución política. Hay crisis constitucionales que solo pueden resolverse en el plano político, y los valores inspiradores del derecho pueden ayudar. Sobre todo, con tribunales que, además de ciencia jurídica, tienen sentido común.