Editoriales

Segregación escolar

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Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo, que afectan a sendas escuelas privadas de Cantabria y Andalucía, ponen sobre la mesa no solo un problema que atañe a los centros en litigio sino a la concepción general del proceso educativo y, en especial, del tipo de enseñanza que debe subvencionar la Administración. Las sentencias establecen que los centros privados que practiquen e impongan en su funcionamiento la separación de sexos, en virtud de lo que prescribe la ley orgánica de educación (LOE) del 2006, no pueden recibir ayudas procedentes de fondos públicos. Y, aunque se refieren a dos casos concretos, la doctrina del Supremo indica a las claras que la participación en los conciertos promovidos por las autoridades competentes solo puede darse si se cumplen los requisitos previos contenidos en la LOE. Es decir, que en la admisión de alumnos no exista discriminación.

En defensa de los centros concertados que practican esta división por razón de sexo, tanto el Ministerio de Educación como la principal asociación de padres afectada aducen que organismos como la Unesco mantienen que una cosa es «diferenciar» y otra «discriminar», y que, según determinados criterios pedagógicos, la separación entre niños y niñas no es mala por esencia. El problema, sin embargo, no debe plantearse desde parámetros que esconden una determinada opción ideológica, defendida por centros en su mayor parte vinculados al Opus Dei y avalada por el Gobierno del PP. El problema es si estos colegios, en su derecho de practicar la diferencia o el adoctrinamiento, deben recibir dinero público en contra de lo que marca la ley. Es evidente que no y así lo deja claro el Tribunal Supremo. Va en contra de los principios básicos que rigen el sistema público de este país.

En el caso de Catalunya, el debate de ideas ya se dio con motivo de la tramitación parlamentaria de la LEC, en el 2009. Las presiones a favor de este tipo de escuelas concertadas lograron que el Govern tripartito diluyese a la categoría de «preferente» la obligación inicial de la ley, que preveía la necesidad de ser un centro mixto para poder acogerse a las ayudas. Hay conciertos firmados hasta el 2014, pero hay que empezar a pensar ya en cambiar entonces una normativa muy poco justificable.