las opiniones
No se puede cobrar por algo que no se hace
Miguel Pérez Subías
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE INTERNET
En el año 2006 se constituyó la plataformatodoscontraelcanon.essobre la base de un manifiesto que solicitaba la eliminación del canon digital por injusto e indiscriminado. El apartado 4.6 del manifiesto decía: «Que se eximiese de su pago a todas aquellas organizaciones administrativas, asociaciones, oenegés y colectivos, así como empresarios y autónomos, que no hacen uso de los soportes y equipos para almacenar contenidos con derechos de autor».
Ahora, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) nos da la razón en este punto. Han pasado más de cuatro años, se han recogido más de tres millones de firmas, se ha entregado el manifiesto de la plataforma a políticos y gobernantes: todos ellos han mirado para otro lado y han votado a favor del canon mientras que empresas, tiendas y fábricas cerraban sus puertas como consecuencia de su aplicación.
Sentido común
Han tenido que ser los jueces de la UE los que se han pronunciado sobre algo que es de sentido común: que no se puede cobrar por algo que no se hace o no se puede hacer.
La sentencia admite, sin embargo, que este canon digital podría tener cabida en el ordenamiento jurídico de la UE siempre que se aplique exclusivamente a los particulares, algo que sigue siendo injusto e indiscriminado si se intenta cobrar por el soporte digital o en el equipamiento electrónico.
Nos parece que hay formulas mucho más sencillas, justas y equilibradas para conseguir este fin, la compensación al autor por el derecho a realizar copia privada, como el que se cobre en la obra y no en el soporte, ya que es multifunción y puede utilizarse para múltiples fines.
Esta solución, que es sencilla y aplicable, permite, además, que el importe íntegro del canon lo cobre el autor y que el pago lo realice la persona que adquiere el derecho para hacer copia de dicha obra. De esta forma, se permite la gestión individualizada del canon, algo que podría mermar la necesidad de las entidades de gestión colectiva de derechos, pero que otorga un mayor control al creador.
Sencillo, justo y razonable. Tan solo un pero: no son necesarios los intermediarios, que eran los que habían negociado la ley con el Gobierno.
Quizá lo más sangrante del canon digital es que su aplicación perjudica a aquellos a los que dice defender: los autores. El 98% de los autores y creadores paga más en concepto de canon cuando compra equipos y soportes para hacer su trabajo que lo que luego le devuelven las entidades de gestión. El saldo es negativo y, por tanto, la eliminación del canon tendría un beneficio directo para la gran mayoría de creadores.
También los nuevos modelos de negocio se ven perjudicados, ya que el ciudadano se niega a pagar porque piensa que le han cobrado por adelantado y en muchos casos por algo que no va a utilizar. Por tanto, la eliminación del canon indiscriminado también ayudaría al despegue de nuevos modelos de negocio basados en el pago de contenidos.
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