Juicio por la muerte un conductor provocada por el exdiestro
Ortega Cano tendrá que lidiar con la cárcel
El torero recurrirá el auto que le impide estar libre esperando un indulto
El extorero José Ortega Cano agota poco a poco todas las opciones judiciales que le quedan para evitar su ingreso en prisión como responsable del accidente de tráfico que en el 2011 costó la vida de Carlos Parra. La jueza que le condenó a dos años y seis meses de cárcel por homicidio imprudente y conducción temeraria decidió ayer no suspender la ejecución de la pena mientras se tramita su posible indulto, como solicitó su abogado defensor.
De esta manera el exdiestro, al que la Audiencia de Sevilla condenó hace un mes por un tercer delito (conducción bajo los efectos del alcohol), tendrá que ingresar a la cárcel, aunque en fecha indeterminada dado que aún le queda un último cartucho por quemar. El auto puede ser recurrido en los próximos días ante el propio juzgado y ante la Audiencia. La defensa ya anunció ayer estos procedimientos, que retrasarían al menos dos meses el paso por la celda (lo habitual es que la juez no dicte un plazo de ingreso voluntario en prisión hasta conocer la posición de instancias superiores).
SIN CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES / La decisión de la jueza da la razón a la Fiscalía y la acusación particular que ejerce la familia de Parra, que se opusieron desde el primer momento a la suspensión de la condena. La magistrada entiende que no concurren «circunstancias ni excepciones extraordinarias» para evitar su ingreso en prisión. Asimismo, incide en que los motivos médicos esgrimidos Ortega, de 60 años, no deben ser estimados ya que, «de ser precisos, para eso se cuenta con los servicios médicos de Instituciones Penitenciarias, que velan por la salud de toda la población reclusa». Unos servicios habituados a tratar arritmias, politraumatismos, alergias o incluso reflujo gastroesofágico, por citar algunas de las dolencias argumentadas por Ortega Cano en su defensa.
ARGUCIAS LEGALES / Cuando más dura se muestra sin embargo la juez de la sala penal 6 de Sevilla es al mencionar el posible indulto o el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Estima que se trata de argucias para «dilatar en el tiempo lo que no es más que el cumplimiento y acatamiento de una resolución judicial». Y recuerda tajante que «las resoluciones judiciales están para ser cumplidas».
La jueza entiende que al ser una condena de larga duración, el indulto «no resultaría ilusorio» porque solo llevaría unos meses en prisión y la medida de gracia todavía podría afectar a parte de la condena, no quedando nunca «vacío de contenido». La familia del fallecido expresó ayer su satisfacción con la decisión porque aseguran que la demora para que se haga justicia no hace sino alargar su sufrimiento.
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