SENTENCIA
Seis años de cárcel para Blesa y cuatro para Rato por las tarjetas 'black'
La Audiencia Nacional los considera autores del delito continuado de apropiación indebida
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional lo tenía tan claro que solo ha necesitado 20 días, desde que terminó el juicio, para condenar al expresidente de Bankia Rodrigo Rato a cuatro años y medio de cárcel y al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa a seis por delito continuado de apropiación indebida por el uso de las 'tarjetas black' que hicieron tanto ellos como los consejeros a su cargo.
Prácticamente sin salirse de la petición de penas que hizo el fiscal Alejandro Luzón, la sentencia condena a los otros 63 acusados a penas que oscilan entre los tres meses y los cuatro años de cárcel. Al exdirector general de medios de la entidad Ildefonso Sánchez Barcoj, considerado colaborador y cómplice de la mecánica desarrollada para desarrollar la apropiación, le impone dos años y medio. Los tres han sido absueltos del delito de administración desleal del que también estaban acusados.
La sentencia, de 259 páginas, se remonta a la presidencia de Jaime Terceiro, cuando se acordó mejorar la retribuciones de los consejeros mediante una visa que se sumó a sus dietas, para luego constreñirse a gastos de representación. Después describe cómo cuando Blesa asumió la presidencia de la entidad recibió dos tarjetas de crédito: una de empresa para gastos de representación, y otra también corporativa que se atribuyó a sí mismo, “al margen de sus retribuciones convenidas contractualmente, para dedicarla a atenciones netamente personales, en detrimento, con el uso que le dio del caudal de Caja Madrid”.
Y él, como presidente, “propició” que a los miembros del consejo de administración y a los integrantes de la comisión de control, se les facilitase una tarjeta visa de empresa contra la que disponer sin justificación del gasto, “viabilizando así una percepción dineraria que acrecentaba la dieta, no obstante constarle que la única autorizada contra el patrimonio de Caja Madrid lo constituía ésta última".
FUNCIONALIDAD DE LAS TARJETAS
La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Teresa Palacios, sostiene que las tarjetas de crédito entregadas tenían un límite máximo anual, con un tope mensual del que se informaba a los consejeros en el momento de su entrega, aunque Blesa, como presidente podía modificarlo. De ahí que esos límites no fueran coincidentes en todos los casos.
A algunos de los acusados se les facilitaba una clave pin para extraer dinero en los cajeros y cuando cesaban en su puesto se procedía a dar de baja la tarjeta, aunque en varios casos las mantuvieron activas durante meses. Los gastos se cargaban a una cuenta de la entidad. Como esas tarjetas no estaban introducidas en el contrato personal firmado y los consejeros no tenían conocimiento del extracto de sus cargos, salvo los que llevaban su propia contabilidad manual, si no agotaban el límite disponible anual, como aconteció en algún caso, el sobrante quedaba a favor de Caja Madrid. En algunos casos, hubo solicitudes de ampliación del gasto, que coincidían, destacan los jueces, “con periodos de fiestas o vacacionales”. La sentencia destaca que uno de los consejeros, Francisco Servando Verdú, rechazó la tarjeta “por no venir contemplada en su paquete remuneratorio”.
ATENUANTE DE REPARACIÓN DEL DAÑO
La fiscalía había solicitado que se aplicase la atenuante simple de reparación del daño para aquellos acusados que ingresaron las cantidades extraídas en Bankia o en el FROB, pero no solicitó ningún tipo de rebaja para aquellos que las consignaron judicialmente, a la espera de la sentencia. El tribunal aplica la atenuante muy cualificada a los primeros y la simple para los segundos.
A Rato y Blesa no se les aplica ninguna porque la parte que devolvieron resulta muy inferior a la petición de indemnización realizada por Bankia, que asciende a 12 millones, cantidad por la que ambos deberán responder de forma solidaria para cubrir todo el dinero gastado indebidamente por sus consejeros. Eso sí, el tribunal explica que a esa cifra se descontará, en ejecución de sentencia, la atribuida al consejero fallecido, Miguel Ángel Araujo, y las cantidades declaradas prescritas que no se juzgaron.
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