DECISIÓN HISTÓRICA
El Supremo de EEUU ampara a homosexuales y trans en la ley de Derechos Civiles
El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha dado este lunes una trascendental victoria a la lucha de la comunidad LGTBI al determinar por primera vez que la orientación sexual y la identidad de género están amparadas contra la discriminación en la Ley de Derechos Civiles.
La decisión ha sido adoptada por seis votos a favor y tres en contra en el Alto Tribunal de mayoría conservadora y ha sido precisamente Neil Gorsuch, uno de sus más conservadores jueces, nominado por Donald Trump, el que ha firmado la opinión que hace historia y que han ratificado también el presidente del Supremo John Roberts y los cuatro jueces progresistas. Y es un varapalo para la actual Administración, que ha estado reduciendo protecciones para la comunidad y hace solo tres días, por ejemplo, anulaba un cambio impulsado por Barack Obama para evitar la discriminación a la comunidad LGTBI en el acceso a la sanidad y los seguros médicos.
Sexo, orientación e identidad
El Supremo tenía sobre la mesa tres casos: el de dos hombres homosexuales que denunciaron haber sido despedidos por su orientación sexual, uno de los cuales falleció en 2014, y el de una mujer transgénero también despedida por ello y que falleció el mes pasado. Sus historias ponían sobre la mesa un debate que lleva librándose décadas: si el título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1967, que incluye entre la prohibición de discriminación por factores el “sexo” (además de raza, color, religión y origen nacional), incluía orientación sexual e identidad de género, algo que rechaza la Administración Trump..
“La respuesta es clara”, ha escrito, sin embargo, Gorsuch, que ha sido consecuente con su visión de que la forma legítima de leer los estatutos es siguiendo sus textos, no las expectativas que pudieran tener quienes los redactaron, que en este caso y en los años 60 casi con certeza no consideraron protecciones para la comunidad LGBTQ. “Alguien que despide a un individuo por ser homosexual o transgénero le despide por características o acciones que no habría cuestionado en miembros de un sexo diferente. El sexo juega un papel necesario e inocultable en la decisión, exactamente lo que prohíbe el Título VII”.
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