Reforma urbanística

Una entidad ecologista recurre un informe de la Agència Catalana de l'Aigüa sobre el PDU de L'Hospitalet

Luz verde a la aprobación inicial del PDU Biopol-Granvia este jueves

Las plataformas vecinales de L'Hospitalet replican ante el nuevo PDU sus críticas medioambientales

Un informe de Acció Climàtica detecta “errores” en el PDU Biopol Granvia de L'Hospitalet

Imagen de archivo de la Granvia de L'Hospitalet.

Imagen de archivo de la Granvia de L'Hospitalet. / ACN

Àlex Rebollo

Àlex Rebollo

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La entidad No Més Blocs de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelonès) ha interpuesto un recurso de alzada contra uno de los informes de la Agència Catalana de l'Aigüa (ACA) favorable a la aprobación del PDU Biopol-Granvia, el plan urbanístico para reformar la zona sur de L'Hospitalet y donde Ayuntamiento y Generalitat aspiran a crear un nuevo polo de actividad biomédica.

En el texto, la plataforma dice que el recurso -consultado por No Més Blocs tras una solicitud de acceso a la información pública formulada por la entidad La Saboga- se realiza debido a una posible invalidez del informe de la ACA según la clasificación que hace el mismo de algunos terrenos incluidos en el Plan Director Urbanístico (PDU).

"Resulta evidente, con los datos de los que dispone la Agència Catalana de l'Aigüa, que el ámbito de actuación no reúne los requisitos para ser considerado Suelo Urbano Consolidado, y por tanto suelo urbano, y que la superficie edificada no llega en las dos terceras partes del ámbito de actuación donde se prevé edificabilidad", dice el recurso de No Més Blocs. Es decir, la entidad apunta que hay algunos terrenos que "no disponen de los servicios básicos de suministro de agua potable" y de "red de saneamiento para ser considerados suelo urbano".

La plataforma vecinal remarca que el informe concluye que en cualquier caso, si la administración competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo considera que "el ámbito objeto de planeamiento/proyecto no se encuentra en la situación básica de suelo urbanizado, este informe deberá considerar inválido". Por todo ello, en el recurso de alzada solicitan que el Departament de Territori de la Generalitat de Cataluny "ajuste las clasificaciones del suelo a la realidad del terreno".

Respuesta en un nuevo informe

Desde el Departament d'Acció Climàtica de la Generalitat de Catalunya confirman que recibieron el escrito el pasado 1 de agosto de 2023. Con todo, remarcan que, a pesar de que se presenta el escrito como '"recurso de alzada"', en principio "se trataría como unas alegaciones de desacuerdo frente al informe urbanístico de fecha 8 de junio de 2023", de modo que se emitirá un nuevo informe valorando dichas alegaciones. "Cabe señalar que los informes en sí, de acuerdo con la ley de procedimiento administrativo, no tienen pie de recurso, ya que forman parte de un procedimiento o proyecto todavía en trámite y no aprobado, pero sí que pueden considerarse como alegaciones al proyecto", explican desde Acció Climàtica.

Pese a que la respuesta al escrito de No més blocs se dará mediante el nuevo informe, una vez analizadas las alegaciones, desde Acció Climàtica señalan que, en cuanto a la disponibilidad de agua potable, "se analiza la disponibilidad de abastecimiento en alta (para atender a las nuevas dotaciones), a partir de las previsiones del Pla Sectorial d’Abastament d’Aigües de Catalunya (PSAAC)".

Según este documento el municipio de L'Hospitalet de Llobregat "se encuentra en la zona sur de la comarca del Baix Llobregat, abastecida por Aigües de Barcelona (AGBAR) y no presenta problemas de cantidad ni regulación del recurso tanto en la actualidad como en ninguna de los escenarios futuros considerados", ya que, apuntan a este diario desde Acció Climàtica, se encuentra en el ámbito de abastecimiento de la red regional Aigües Ter Llobregat. Además, señalan también que "se considera que el sistema de saneamiento no se encuentra en su límite de saturación por caudal, puesto que se encuentra por debajo del 80% de grado de saturación en caudal".

Sin fecha para la aprobación definitiva

Desde el Departament d'Acció Climàtica también matizan la diferencia entre 'suelo urbano' y 'suelo urbanizable'. "Un terreno urbano tiene todos los servicios y viales ya realizados", es decir, que "se podría edificar con licencia directa del Ayuntamiento". Por su parte, en un terreno urbanizable "no están todavía totalmente planificados ni desarrollados todos sus servicios, ya que se entiende que una vez aprobado, en las obras de urbanización se construirían los viales y los servicios necesarios".

Con todo, Raúl Alvarín, director del Consorci per a la Reforma de la Granvia, explica que todavía no hay fecha concreta para la aprobación definitiva PDU Biopol-Granvia. "Tenemos el documento acabado y todas las alegaciones resueltas, así como también incorporadas las prescripciones de los informes de los organismos oficiales", señala. De este modo, restan a la espera del 'ok' definitivo de varias d elas administraciones implicadas en el plan y, una vez lo tengan, se elevará el PDU a aprobación definitiva.