SONADAS DISCUSIONES

La Audiencia ratifica la condena a Miki Nadal por "vejaciones leves" a su mujer

El Juzgado de Violencia sobre la mujer número 4 de Madrid condena al humorista a relizar durante 20 días trabajos para la comunidad

La Audiencia de Madrid ratifica la condena a Miki Nadal por ¿vejaciones leves¿ a su exmujer

La Audiencia de Madrid ratifica la condena a Miki Nadal por ¿vejaciones leves¿ a su exmujer / periodico

El Periódico

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El pasado mes de junio salió a la luz la separación del humorista Miki Nadal y su mujer, Carola Escámez, campeona olímpica de tiro e hija del exfutbolista Julio Alberto, el mítico jugador del F.C. Barcelona. Pocos días después del anuncio de ruptura de la pareja, tras cinco años de matrimonio y una hija, Carmela, de 4 años, se conoció una sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 de Madrid que había condenado a Nadal por un delito de vejaciones leves a su mujer, que el humorista recurrió.

La Audiencia de Madrid ha ratificado este martes la sentencia emitida el mes de mayo contra el presentador de 'Zapeando' y mantiene el criterio del juzgado que consideró que su forma de dirigirse a su esposa en varias discusiones que ocurrieron en el domicilio conyugal, es causa de delito continuado de vejaciones leves, y condena a Nadal a una pena de 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad, aunque deniega la orden de protección que había solicitado su exmujer.

Este martes por la mañana, el comediante y la deportista se veían por primera vez las caras tras el recurso presentado por los abogados.  A su llegada, ninguno de los dos han querido realizar ningún tipo de declaración a la prensa que se encontraba frente a los Juzgados de Madrid.

Los hechos se remontan a tres enfrentamientos ocurridos los días 26 de abril y 3 y 8 de mayo de este año. En esos momentos, Nadal reprocha a su mujer su infidelidad y se dirige a ella reiteradamente con expresiones como: "Apestosa", "mierda", "payasa", "eres un montón de mierda", "patética", "te vas a follar con cualquiera" y "zorra". Expresiones que el Código Penal considera punibles como cualquier otra conducta que "maltrate a una persona haciéndola sentirse humillada".

Grabaciones de vídeo 

Las pruebas que ha tenido en cuenta tanto el juzgado como la Audiencia de Madrid para llegar a esta condena, que está exenta de costas por tratarse de un delito leve, han sido grabaciones de vídeo realizadas  en el teléfono móvil de Escámez, cuyo contenido fue reproducido durante el juicio oral.

Durante esta vista, el colaborador, de 51 años, reconoció que se trataba de su voz y justificó su reacción afirmando que se debía a que había descubierto recientemente que su mujer le era infiel. Posteriormente, en su recurso ante la Audiencia, el presentador alegó que estás expresiones estaban dentro de una discusión en la que ambos profirieron palabras "de dudoso gusto" y que estaban motivadas por la difícil situación que atravesaba la pareja y por el anuncio de que iba a divorciarse.

Asimismo, el recurso presentado por los abogados de Nadal apunta a que la denuncia de su esposa podría formar parte de una estrategia para conseguir beneficios frente al inminente divorcio al que se enfrenta la pareja. La Audiencia de Madrid ha desestimado los argumentos de Nadal y da la razón a su esposa y considera firme la sentencia dictada el pasado de mayo.