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Donaciones de vivienda

Los propietarios mayores de 65 años pueden evitar el pago del IRPF al donar la mitad de su vivienda habitual

Los contribuyentes mayores de 65 años quedan exentos de pagar el IRPF por la ganancia patrimonial al vender o donar su vivienda habitual, siempre que demuestren tres años de residencia continuada

Confirmado por la Agencia Tributaria: los padres mayores de 65 años podrán donar su vivienda a sus hijos sin ningún coste fiscal

La Dirección General de Tributos aclara que los propietarios mayores de 65 años pueden beneficiarse de la exención fiscal incluso si transmiten solo el 50% de su domicilio habitual

La Dirección General de Tributos aclara que los propietarios mayores de 65 años pueden beneficiarse de la exención fiscal incluso si transmiten solo el 50% de su domicilio habitual / UGT-A - ARCHIVO

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Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

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Según el artículo 33 de la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las personas mayores de 65 años que decidan vender o donar su vivienda habitual no tendrán que pagar IRPF por la ganancia patrimonial obtenida con este proceso.

Los mayores de 65 años pueden evitar impuestos al donar la mitad de la vivienda

En este caso, la normativa solo aplica la rebaja fiscal si se trata del domicilio habitual, ya sea una donación o la venta de esta. Sin embargo, la Dirección General de Tributos ha aclarado que también podrán beneficiarse los propietarios mayores de 65 años que donen solo el 50% de la vivienda habitual.

De esta forma, no sería necesario venderla o donarla por completo, solo la mitad de ella. Por ejemplo, si una persona mayor de 65 años dona a su cónyuge la mitad de su vivienda habitual, podría librarse de tributar por el IRPF.

Cuáles son los requisitos para acceder a la exención fiscal

Ahora bien, para poder acceder a la exención fiscal es necesario demostrar que la vivienda transmitida es nuestro domicilio habitual. Para ello, el contribuyente debe permanecer al menos tres años en el inmueble de forma continuada, aunque también existen algunas excepciones.

Entre estos casos extraordinarios, la persona podrá acceder a la rebaja de impuestos, aunque no haya residido los tres años, siempre que haya tenido que mudarse por matrimonio, separación, traslado laboral o alguna situación similar y justificada.

Con todo ello, es importante aclarar que, aunque las personas con más de 65 años pueden evitar el pago del IRPF al donar su vivienda habitual, este trámite no quedaría libre del resto de tasas añadidas, siendo el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en función de la normativa de cada comunidad autónoma.