La Seguridad Social impone ir a juicio para cobrar un complemento obligado por ley
El INSS deniega desde hace meses un complemento de maternidad, al que pueden optar hombres pensionistas o viudos, alegando que prescribe, a pesar de que el Supremo lo avala
Estos jubilados ven incrementado el extra de sus pensiones
Los padres tienen derecho a cobrar a la vez el plus por hijos en las pensiones causadas entre 2016 y 2021
El 2016 el Gobierno aprobó un complemento de maternidad a la prestación de jubilación, incapacitación y de viudedad para mujeres que tenía el objetivo de compensarlas por las diferencias de cotización con los hombres por cuidado de hijos durante la etapa laboral.
Tal y como estaba redactada la ley, se concedía a las mujeres por su "contribución demográfica", un logro también atribuible a hombres y que hizo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) lo tildara de discriminatorio, abriendo la puerta a los hombres a concebirlo. La lucha la llevó a cabo el bufete Lleal Tulsà, que ha ganado unos setenta casos.
Los hombres que lo podían percibir, sin embargo, han tenido que reclamarlo por la vía judicial, con el tiempo y costes que esto supone. Pero una sentencia de septiembre de 2023 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ratificada por el Supremo, ha abierto la puerta al hecho que esta práctica irregular pueda ser indemnizada: se ha reconocido a un prestatario una indemnización por daños y perjuicios de 1.800 euros por el hecho de haber tenido que ir por la vía judicial.
El Estado debe pagar los daños
"El TJUE dice que como que el Estado ha denegado en vía administrativa el complemento y ha obligado los solicitantes a optar por la vía judicial, a pesar de que cumplían los requisitos y que la legislación así lo reconoce, tiene que pagar los daños que ha ocasionado", explica el abogado de este despacho Ferran Casas, un hecho que ha supuesto un primer batacazo para el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Ahora el complemento se ha rediseñado y tiene otro nombre que se adecua a su propósito inicial: "complemento de pensiones contributivas por la reducción de la brecha de género". Su nuevo redactado se adecua a su propósito y prácticamente el grueso de sus perceptores son mujeres. Pero el complemento anterior todavía puede ser solicitado por los hombres que hayan tenido reconocida una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y que han tenido dos o más hijos.
El INSS vuelve a la carga
Con todo, desde hace unos meses, el INSS ha vuelto a la carga y vuelve a denegar por la vía administrativa las prestaciones de maternidad a los solicitantes que cumplen todos los requisitos, alegando que prescribe al cabo de cinco años, y esto obliga a los solicitantes a continuar optando por la vía judicial, donde sí que se les reconoce este derecho ya avalado por el tribunal europeo y ratificado por el Tribunal Supremo.
"El hecho de tener que ir a juicio alarga el trámite al menos un año, pero ya han salido sentencias que tumban la prescripción porque entienden que las prestaciones no prescriben, y que, por lo tanto, los complementos tampoco", sostiene Casas. El letrado prevé que todos los solicitantes que se vean abocados a la vía judicial podrán optar a esta indemnización: "Tengo el convencimiento de que se los concederá", remacha Casas.
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