Normativa del trabajo

Condiciones laborales: Una directiva con más de un año de retraso

Trabajo quiere obligar a las empresas a detallar el salario base y los pluses en el contrato

La regulación europea para los 'riders' queda en el aire

Repartidor de menjar a domicili de Glovo. | JOAN CORTADELLAS

Repartidor de menjar a domicili de Glovo. | JOAN CORTADELLAS / Gabriel Ubieto

Agustí Sala

Agustí Sala

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Agosto de 2022 era el plazo fijado para que la directiva sobre transparencia de las condiciones laborales se adoptara por la legislación española. La Comisión Europea ya dio un toque de atención al Gobierno español. También Grecia y Luxemburgo fueron advertidos por los mismos motivos por Bruselas por el retraso en aplicar esta directiva. Aprobada y publicada en el diario oficial de la Unión Europea el 11 de julio de 2019, la directiva busca mejorar los derechos de los trabajadores en cuanto a la información que los empleadores deben proporcionar o transparencia en las condiciones laborales.

La idea de Trabajo era aprobar esta legislación el año pasado, pero la convocatoria de elecciones en julio y la dificultad para formar Gobierno dado el resultado lo impidieron. Bruselas ya había abierto un expediente a España y otros 18 países en septiembre de 2022 por no haber incorporado las normas a nivel nacional.

La normativa comunitariala establece que los trabajadores tienen derecho a recibir información más concreta sobre aspectos esenciales vinculados al lugar de trabajo o la remuneración. Por otro lado, limita a seis meses el contrato de prueba y permite trabajar, al mismo tiempo, para otro empleador.

La norma comunitaria argumenta que desde la adopción de una anterior directiva sobre derecho a la información por parte de los trabajadores, "los mercados laborales han experimentado profundas modificaciones, inducidas por los cambios demográficos y la digitalización, que han conducido a la creación de nuevas formas de empleo, que, a su vez, han fomentado la innovación, la creación de empleo y el crecimiento del mercado laboral. Algunas formas nuevas de empleo pueden divergir significativamente, por lo que respecta a su previsibilidad, de las relaciones laborales tradicionales, lo que genera incertidumbre respecto de los derechos y la protección social aplicables para los trabajadores afectados"

Por todo ello justifica "la creciente necesidad" de que los trabajadores dispongan de información completa respecto de sus condiciones de trabajo esenciales, "información que debe facilitarse a su debido tiempo y por escrito de una forma fácil acceso". A su vez aboga por otorgar a los trabajadores "ciertos derechos mínimos nuevos destinados a promover la seguridad y la previsibilidad de las relaciones laborales, a la vez que a lograr una convergencia creciente entre los distintos Estados miembros y a preservar la flexibilidad del mercado laboral".

A su vez argumenta que pese a existir una norma de los año 90 sobre derecho a la información de los empleados "no se aplica a todos los trabajadores de la Unión". Y además "han surgido deficiencias de protección en relación con las nuevas formas de empleo creadas como resultado de la evolución del mercado desde 1991. Pero esa regulación no siempre es fácil, como sucedió con la que afecta a los empleados de plataformas digitales, que por discrepancias políticas, se quedaron sin una normativa comunitaria durante la presidencia española.