Regulación laboral

La regulación europea para los 'riders' queda en el aire

La presidencia española traspasa el expediente al próximo semestre tras constatar que no tiene mayoría suficiente el aval al acuerdo político para la directiva

La UE cierra un acuerdo político sobre la ley de trabajadores de plataformas como Glovo

La 'ley Rider' cumple dos años sin mejorarle la vida a miles de repartidores: "No me ha solucionado nada"

Primera querella criminal contra Glovo por emplear falsos autónomos | JORDI OTIX

Primera querella criminal contra Glovo por emplear falsos autónomos | JORDI OTIX / gabriel ubieto

Silvia Martinez

Silvia Martinez

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Se daba por hecho, pero en la Unión Europea (UE) nunca se pueden dar por atadas cuestiones hasta la ratificación final. La directiva dirigida a los trabajadores de plataformas digitales como Glovo, conocida como 'ley rider', ha quedado en suspenso.

Tras el acuerdo entre la presidencia europea y el europarlamento la semana pasada la cuestión ha quedado pospuesta. En la reunión de embajadores de este viernes, en la que en principio se esperaba una ratificación de ese pacto político, que ya incluía algunas cuestiones en las que había discrepancias, la presidencia española, que defendía con la vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, con ahínco esta regulación similar a la nacional, ha optado por no someterlo a votación al constatar falta de mayoría suficiente.

Y, por ello, han decidido trasladar la cuestión al semestre de presidencia belga, que empieza el próximo 1 de enero. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, lo ha anunciado en su twitter. “Los gobiernos conservadores y liberales de la UE impiden la aprobación de la Directiva de Plataformas Digitales impulsada por la Presidencia española de la UE”, ha lamentado. A su vez destaca que la normativa era "pionera" y "otorgaba derechos a unos 30 millones de trabajadores y a 5,5 millones de falsos autónomos".

Fuentes europeas han confirmado que la presidencia española ha constatado al inicio de la discusión que tras “los contactos preliminares no había apoyo suficiente” para sacar adelante el expediente, que debe refrendarse por mayoría cualificada, y han optado por trasladar el dosier a la presidencia belga de la UE.

“A falta de una mayoría (cualificada suficiente) como se ha constatado en los contactos preliminares no se ha planteado para refrendo”, han explicado fuentes europeas. Aunque no ha habido ninguna discusión a fondo algunas delegaciones han aprovechado para explicar sus dudas sobre el texto pactado lo que servirá al Gobierno belga para guiar la discusión a partir de enero

La semana pasada se destacaba tras el acuerdo que la norma tenía como objetivo mejorar las condiciones laborales de las personas que realizan trabajos en plataformas como Deliveroo o Glovo e introducía por primera vez en la UE reglas sobre gestión algorítmica y el uso de inteligencia artificial en el lugar de trabajo.

Pérez Rey subraya que la propuesta de directiva también pretendía reforzar la transparencia y el control humano de los sistemas automatizados de toma de decisiones mediante algoritmos. Además reconocía nuevos derechos de información y consulta de los representantes de los trabajadores.

De todas formas mientras que la Eurocámara, en línea con la ley española, pretendía que la presunción de laboralidad de los 'riders' fuera automática, el acuerdo establecía que tuvieran que demostrar que cumplen al menos dos condiciones de un mínimo de cinco para ser considerados como trabajadores por cuenta ajena.

Los indicadores para ser o no considerado asalariado incluyen el establecimiento de límites máximos de la cantidad de dinero que pueden recibir los trabajadores, la supervisión de la ejecución de su trabajo, también por medios electrónicos, así como el control de la distribución o la asignación de tareas.

Entre los criterios figura, igualmente, el control de las condiciones de trabajo y restricciones en la elección del horario de trabajo o restricciones a la libertad para organizar el trabajo y normas sobre la apariencia o conducta. En cualquier caso, el pacto permitía a los estados miembros añadir más indicadores a esa lista a nivel nacional.

Si a raíz de esos criterios se presumía que el empleado era trabajador por cuenta ajena, correspondería a la plataforma digital demostrar que no existía ninguna relación laboral con arreglo a la legislación y las práctica nacionales.