Préstamos rápidos

El Defensor del Pueblo pide información sobre la protección a los consumidores de microcréditos

Claves para no caer en una deuda eterna por culpa de un microcrédito

Así es la cara que ocultan los créditos rápidos al consumo

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ofrece una rueda de prensa tras la entrega del Informe Anual 2022

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ofrece una rueda de prensa tras la entrega del Informe Anual 2022 / Marta Fernández Jara - Europa Press

El Periódico

El Periódico

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Defensor del Pueblo ha informado este jueves de que ha iniciado una actuación de oficio con el Banco de España y con la Secretaría de Estado de Economía para conocer el grado de protección que existe para los consumidores de los conocidos como microcréditos o préstamos rápidos. La actuación, ha explicado, se produce tras haber recibido quejas de ciudadanos por los "elevados intereses y por los plazos breves para la devolución" de las cantidades concedidas por estos productos que son comercializados por empresas que, en muchos casos, no tienen consideración de entidades de crédito. 

Los microcréditos, ha apuntado la institución dirigida por Ángel Gabilondo, suelen dirigirse hacia un tipo de consumidores que atraviesan situaciones económicas "difíciles, incluso desesperadas, y que optan por relegar su derecho a la información y al asesoramiento financiero además de carecer de toda capacidad de negociación". A ello se suma que estos préstamos -cuyas cantidades suelen situarse entre los 1.000 y los 10.000 euros- se conceden casi de manera automática, incluso vía online o telefónica, "sin un análisis de riesgos o de solvencia, lo que conduce a muchas personas a una situación de sobreendeudamiento".

En opinión del Defensor del Pueblo, "al margen de la autorregulación que puedan practicar las empresas que ofrecen estos productos y de las numerosas sentencias judiciales que han fallado a favor de los consumidores, no parece que exista una normativa específica que discipline su actuación, más allá de las normas de protección de consumidores y usuarios, o las previstas en el Código Civil y en el Código de Comercio".

Por ello, el organismo ha preguntado al Banco de España -como supervisor del sector bancario- y a la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo si, en función de las competencias que les otorga la ley de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito de 2014, están llevando a cabo "algún tipo de actuación sobre las entidades que conceden estos productos, y si se ha emitido alguna directriz aplicable a los microcréditos". Asimismo, ha pedido conocer si está previsto que la futura Autoridad de Defensa del Cliente Financiero incluya entre sus competencias la protección de los clientes en las reclamaciones derivadas de la contratación de estos productos.