Advertencia
Aviso del SEPE: el requisito para pedir un subsidio de desempleo
Nueva ayuda para mayores de 45 años: un extra de 480 euros que pueden pedir desde ya
Cómo pedir y renovar el paro, en 5 claves
El Periódico
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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es un organismo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social. Su función principal es gestionar y desarrollar las políticas de empleo en el país.
El SEPE tiene como objetivo fundamental promover la creación de empleo, así como garantizar la protección por desempleo a los trabajadores en situación de paro. Es decir, es el organismo estatal que administra y gestiona el pago de las prestaciones por desempleo a los trabajadores que han perdido su empleo y cumplen con los requisitos establecidos.
Dentro de estas ayudas gestionadas por el SEPE, está el subsidio para parados mayores de 52 años, una ayuda de 480 euros al mes que se percibe hasta encontrar trabajo o llegar a la edad de jubilación. Las personas desempleadas que ya hayan agotado la prestación por desempleo y sean mayores de 52 años pueden beneficiarse de este subsidio si cumplen varios requisitos, entre los que destacan haber cotizado por desempleo durante al menos seis años en su vida laboral y justificar que se reúnen todos los requisitos excepto la edad para acceder a una pensión contributiva de jubilación, es decir, haber cotizado al menos 15 años.
75% del SMI
Para poder acceder a este subsidio únicamente se tendrán en cuenta las rentas de la propia persona solicitante y no las de su unidad familiar. Así, el beneficiario no tendrá derecho a pedir un subsidio por desempleo aquellas personas que cuenten con ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente. El SMI se sitúa en los 1.080 euros brutos mensuales, por lo que las rentas mensuales para solicitar un subsidio no superen los 810 euros brutos al mes.
Asimismo, para solicitar esta ayuda es necesario estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación que usted estaba percibiendo, sin haber rechazado ninguna oferta de colocación, ni haberse negado a participar en acciones de formación profesional.
Otras de las razones por las que puede suspender de manera temporal la ayuda para mayores de 52 años es por no renovar la demanda de empleo o trabajar fuera de España.
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