Prestación por desempleo

Cómo sellar el paro por internet: paso a paso para renovar 'on line' la demanda de empleo

Cómo pedir y renovar el paro, en 5 claves

Cuánto se cobra de paro

Un usuario, ante la página web del SEPE.

Un usuario, ante la página web del SEPE. / ACN

Gabriel Ubieto

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Renvoar la prestación de paro periódicamente es un requisito indispensable para que aquellas personas en situación de desempleo sigan cobrandola. Cualquier persona sin trabajo puede sellar por internet los papeles para mantener sus ingresos, si bien tiene que estar atenta para realizarlo en tiempo y forma para no tener problemas con la renovación y no recibir potenciales penalizaciones.

Las oficinas públicas de empleo exigen una serie de requisitos para renovar el paro y la concreción de los mismos depende del criterio que aplique cada comunidad autónoma. Para conocer todos los detalles y las exigencias de autonomía lo más recomendable es consultar la página web del servicio de ocupación donde resida la persona en paro. En el caso de Catalunya, por ejemplo, el organismo competente es el Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC).

¿Cómo se puede renovar el paro?

La administración contempla tres canales para pasar revista al paro. La vía más recomendable es la 'on line', ya que no hace falta pedir cita previa ni esperar a ser atendido por teléfono. Dirigiéndose a la página web del servicio de ocupación de cada autonomía el desempleado encuentra allí el detalle de todos los pasos que debe cumplimentar para sellar su prestación y olvidarse, hasta la próxima renovación. El SOC recomienda a los desempleados sellar sus papeles vía 'on line'.

Los otros dos canales son ir presencialmente a las oficinas de empleo para ser atendido por un funcionario público. Este trámite exige desplazamiento y en la gran mayoría de casos pedir cita previa, dependiendo esta de la disponibilidad horaria del momento. La tercera vía es llamar telefónicamente, lo que no exige desplazamiento, pero si esperar a ser atendido desde el otro lado de la línea. En el caso del SOC, el teléfono (900 800 046) es gratuito.

¿Cuáles son los pasos para sellar el paro por internet?

Para sellar el paro 'on line' el usuario deberá dirigirse a la página web del servicio de ocupación de la autonomía donde reside. En el caso de Catalunya, la página web del SOC. Una vez allí, debe identificarse o bien con su certificado digital, o bien con su NIF o NIE, o bien con la contraseña que está incluida en el documento DARDO (Document d'Alta i Renovació de la Demanda d'Ocupació) que le es entregado al desempleado cuando se queda en paro y se da de alta como demandante de empleo para cobrar la prestación. Una vez allí, el usuario será guiado paso a paso por un formulario y podrá sellar su prestación por desempleo.

Captura de pantalla de la página web del SOC donde renovar el paro.

Captura de pantalla de la página web del SOC donde renovar el paro. / Archivo

¿Cada cuánto tiempo hay que sellar el paro?

Cada persona desempleada deberá renovar su prestación de paro en la fecha que figura en el documento justificativo de inscripción (DARDO). Normalmente la renovación debe hacerse cada 90 días, siempre que el desempleado mantenga dicha condición y siga buscando activamente otro trabajo. La fecha concreta la marcan los servicios de empleo.

¿Puedo irme de vacaciones si estoy cobrando el paro?

La prestación de paro implica un compromiso activo por parte del parado de buscar un nuevo empleo. La idea es que la transferencia de dinero público sirva para garantizarle unos ingresos mínimos que le permitan subsistir mientras encuentra otro trabajo y sustituye esa paga -por la que ha cotizado previamente- por un sueldo.

Ese compromiso activo por encontrar un nuevo empleo es incompatible con las vacaciones, si bien el Ministerio de Trabajo abre la puerta a la posibilidad de salir al extranjero si dicha estancia no dura más de 15 días y no interfiere con las obligaciones del desempleado de buscar otro trabajo. Es decir, si le llaman desde las oficinas de empleo porque ha salido una oferta para él y debe personarse a una entrevista de trabajo, por ejemplo, tiene que estar disponible y personarse. Incumplir esta obligación o retrasarse en la renovación de los papeles puede implicar penalizaciones.

Personas a las puertas de las oficinas públicas de empleo para tramitar sus prestaciones o realizar consultas.

Personas a las puertas de las oficinas públicas de empleo para tramitar sus prestaciones o realizar consultas. / Jordi Cotrina

¿Qué pasa si sello tarde el paro?

No sellar la prestación de desempleo en tiempo y forma es considerado una infracción a ojos de los servicios de empleo. De la misma manera que es sancionable no presentarse ante el SEPE o el SOC cuando haya sido citado o citada previamente. En el caso concreto de no renovar el paro en la fecha indicada y acabar haciéndolo tarde, ello es considerado una "infracción leve" y lleva aparejado dejar de cobrar la prestación durante un mes. Si el olvido se repite, las sanciones se multiplican.

  • Primer olvido: Pérdida de 1 mes de la prestación.
  • Segundo olvido: Pérdida de 3 meses de prestación.
  • Tercer olvido: Pérdida de 6 meses de prestación.
  • Cuarto olvido: Extinción de la prestación.

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