Turbulencias en el sector financiero

Herramientas anticrisis bancarias: Del FUR a los 'cocos'

Con la caída de los estadounidenses Silicon Valley Bank (SVB) y Signature Bank y el intento de rescate privado de First Republic y la posterior compra forzada de Credit Suisse por parte de su principal competidor, UBS, se ha desempolvado una terminología y unas herramientas nacidas tras la crisis financiera de 2008. Como de una peculiar serie se tratara, en la última semana el temor de los inversores ha encontrado una nueva víctima: el primer banco alemán, Deutsche Bank, lo que volvió a desatar una nueva jornada de pérdidas en las bolsas especialmente para los valores bancarios. He aquí algunas de las herramientas para prevenir y solventar crisis bancarias.

Tras la crisis de 2008 nacieron distintas regulaciones y requisitos para prevenir y solventar caídas de entidades financieras

Deutsche Bank y Commerzbank

Deutsche Bank y Commerzbank / ARNE DEDERT

Agustí Sala

Agustí Sala

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1 ¿Qué instrumentos para crisis bancarias se crearon a nivel europeo?

Tras la crisis financiera de 2008 nacieron distintos instrumentos para paliar crisis bancarias. Una de ellas es el Fondo Único de Resolución (FUR), que se nutre de las contribuciones de todos los bancos y algunas sociedades de inversión de los 19 países integrantes de la Unión Bancaria, que tiene tres patas: el mecanismo único de supervisión, el mecanismo único de resolución y, la fase que está más verde: un fondo de garantía de depósitos a nivel comunitario. La previsión es recaudar a través del FUR un mínimo equivalente al 1% de los depósitos cubiertos de las entidades de crédito, que deberá alcanzarse antes del 31 de diciembre de 2023 y que se calcula que puede llegar a alrededor de 80.000 millones. Este instrumento integrado en el mecanismo único de resolución (MUR), nacido en 2015 y diseñado para garantizar la resolución ordenada de los bancos en quiebra con un coste mínimo para los contribuyentes y dirigido por una junta única de resolución (JUR), se complementa con el MEDE (Mecanismo Europeo de Estabilidad), que en 2012 sustituyó al Fondo Europeo de Estabilización Financiera (FEEF), creado en 2010 y los países del euro reformaron en 2020 para que fuera más eficiente. La función más difundida del MEDE es conceder préstamos a los estados miembros para sanear sus sistemas financieros. Así ocurrió con países como España. Cuando se trata de bancos que no son sistémicos a nivel global son las autoridades nacionales las que sumen el proceso de resolución. En España es el FROB. Si la JUR considera que un un banco en quiebra no es de interés público lo liquida. En caso contrario, las resoluciones persiguen en primera instancia encontrar otra entidad más solvente que las adquiera a precios incluso simbólicos. Otra vía es el traspaso de activos y pasivos a una entidad que los gestiona con el objetivo de encontrar comprador. En España es el caso del banco malo, la Sareb. En junio de 2017, la JUR adoptó su primera decisión de resolución en el caso del Banco Popular, que acabó en manos del Santander.

2 ¿Qué existe para apoyar la liquidez?

El Banco Central Europeo (BCE) es el que cuenta con herramientas para la liquidez, como el LTRO ('Long-term Refinancing Operation') para prestar dinero a los bancos en caso de emergencia y a un bajo de interés para suplir problemas en el mercado interbancario. Las TLTRO sirven para mantener o incrementar la concesión de préstamos bancarios a empresas y hogares en el área del euro, se conceden condicionados a que se cumpla un determinado objetivo de concesión de préstamos a hogares (excluyendo los préstamos para adquisición de vivienda) y empresas; y son préstamos a plazos más largos que con el resto de instrumentos de provisión de liquidez convencionales, con vencimiento a tres o cuatro años. El BCE ha puesto en marcha tres series de operaciones TLTRO: TLTRO I en 2014, TLTRO II en 2016 y TLTRO III en 2019. Las condiciones de esta última serie se modificaron especialmente en 2020, tras la llegada de la pandemia del covid-19.

3 ¿Cuáles son los requisitos que han de cumplir los bancos?

El MREL (iniciales de 'Minimum Required Eligible Liabilities' o Mínimo Requerido de Pasivos Elegibles, en castellano) es un requerimiento regulatorio adicional a los que ya existían para los bancos europeos. Su objetivo es crear un colchón de solvencia que absorba las pérdidas de una entidad financiera en caso de resolución. El nivel de este colchón se determina de forma individual para cada grupo bancario en función de su nivel de riesgo y otras características. La idea es que cada banco cuente con fondos propios y pasivos admisibles para, en primer lugar, absorber posibles pérdidas y, en segundo lugar, recapitalizarse después por sí mismo sin necesidad de recurrir a dinero público. Entró en vigor en enero de 2016, aunque con un largo periodo de adaptación a la norma determinado caso a caso. El MREL se aplica a todos los bancos europeos, independientemente de su tamaño; mientras el TLAC, creado para la treintena de entidades incluidas de la lista de bancos sistémicos globales.

4 ¿Cómo se distribuyen las pérdidas en caso de una resolución bancaria?

Uno de los objetivos de las resoluciones bancarias es que el coste sea soportado por accionistas y acreedores de la entidad, para evitar que que haya impacto para el contribuyente, que es cuando se produce un rescate, es decir, cuando el Estado inyecta capital para evitar una quiebra. Y es por ello que se establece un orden para absorber las pérdidas en función del tipo de instrumento financiero o pasivo de que se trate. Así, empezarían a asumir pérdidas los instrumentos de capital (reservas, Capital, AT1 y T2, por este orden y plasmados en acciones y cuotas participativas) para después, siguiendo el mismo orden que en la liquidación concursal, continuar con la deuda híbrida como los contingentes convertibles ('cocos'), la deuda subordinada, la deuda sénior no preferente y los acreedores ordinarios (la deuda sénior, los depósitos no asegurados de empresas por encima de los 100.000 euros así como el resto de acreedores ordinarios). Y, si solo fuera necesario se podría llegar a los depósitos de pymes y personas físicas por la cuantía en que superen la suma garantizada (100.000 euros). 

5· ¿Qué son los 'cocos'?

Uno de los elementos que está contribuyendo al nerviosismo tiene que ver con los bonos AT1 de Credit Suisse. Dentro del paquete de medidas que conllevaron la adquisición de Credit Suisse por UBS, la autoridad reguladora suiza, Finma, decidió que la cartera de estos títulos de Credit Suisse, valorada en unos 16.000 millones de euros, se amortizara con valor cero, es decir, que pasaran a no valer nada. Este tipo de títulos, emitido por los bancos europeos, denominados bonos contingentes convertibles y más conocidos como 'Cocos', están diseñados para evitar el contagio en el sector financiero, ya que representan una fuente de capital bancario de fácil acceso para mejorar la solvencia de las entidades. Al quedar por detrás de los accionistas en la lista de quienes han de asumir pérdidas en caso de quiebra pero por delante de otros tipos de deuda ofrecen una rentabilidad más elevada, pero, a cambio de un mayor riesgo para quienes los poseen. Estos bonos son un tipo de deuda AT 1, de la que más riesgo tiene entre los distintos instrumentos de deuda que emite un banco. El hecho de que en el caso de Credit Suisse, los accionistas se hayan embolsado una parte de su inversión por el canje de títulos con UBS y que los bonos de este tipo, en cambio, hayan sido amortizados a valor cero en un mercado valorado en Europa en unos 258.000 millones de euros, hizo estallar las alarmas entre los inversores. Y por eso salieron rápidamente a la palestra el BCE, la JUR y la Autoridad Bancaria Europea (EBA) para destacar que en la zona del euro (Suiza está fuera de ella) los titulares de bonos nunca irán por delante de los accionistas en la distribución de pérdidas.

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