Nóminas
¿Cuándo entra en vigor la subida del salario mínimo y cuándo la cobraré?
El Gobierno pacta subir el SMI de 965 a 1.000 euros para este 2022, que beneficiará a 1,8 millones de trabajadores en toda España

Una camarera sirve leche en una taza en una cafetería de Toledo, el pasado día 2. /
El Gobierno ha acorado con los sindicatos -y ante el rechazo de la patronal- subir el salario mínimo interprofesional (SMI) de 965 a 1.000 euros para este 2022. El incremento beneficiará a 1,8 millones de trabajadores en toda España y unas 237.000 en Catalunya. Ahora el Ejecutivo tiene pendiente llevar el acuerdo con las centrales a un próximo Consejo de Ministros para validarlo y que quede plasmado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir de entonces será cuando formalmente entre en vigor, aunque desde el Ministerio de Trabajo han avanzado que su intención es que esté aprobado o bien el 15 de febrero, o bien el 22 de febrero. Una vez en el BOE, ¿cuándo entra en vigor y cuándo lo cobrarán los afectados?
El acuerdo alcanzado entre la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y CCOO y UGT incluye que la subida del SMI, pese a cerrarse en febrero, entrará en vigor con efecto retroactivo a 1 de enero del 2022. ¿Qué significa eso? Que las empresas están obligadas a aplicar la subida del salario mínimo a sus trabajadores desde la nómina de febrero. También aquellas familias que tengan contratada una trabajadora del hogar. Dicha obligación rige de igual modo para los trabajadores a tiempo completo como para los a tiempo parcial o los contratos por días. ¿Pero qué significa con efecto retroactivo? Pues que las empresas están obligadas a abonar una paga compensatoria a sus trabajadores por no haberles aplicado la subida en enero. Aquí las empresas pueden escoger cuándo abonar ese pago pendiente -habitualmente de 35 euros-, aunque siempre deben hacerlo antes de que acabe el 2022.
¿Cómo queda el salario mínimo tras la subida? El salario mínimo queda fijado en los 1.000 euros brutos en 14 pagas, o los 1.166,6 euros brutos en 12 pagas. O los 33,33 euros brutos al día, que se elevarán a 47,36 euros brutos en el caso de los trabajadores eventuales y temporeros que no estén contratados por una misma empresa por un tiempo superior a 120 días. O 7,82 euros la hora efectiva de trabajo en el caso de las empleadas del hogar.
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