Contra la decisión de la jueza
El fiscal informa a favor del desbloqueo del préstamo a Plus Ultra
Sostiene que no hay motivo alguno que ampare la decisión adoptada por una jueza de Madrid
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
La Fiscalía de Madrid considera que debe "desbloquearse" la ayuda pública concedida a la compañía Plus Ultra por "34 millones de euros como préstamo participativo concedido por el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas". El ministerio público sostiene que no se dan las razones necesarias para su paralización cautelar, acordada por el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid.
El ministerio público, que tiene muy presente el archivo de la acción pública instada ante el Tribunal de Cuentas por Ciudadanos, afirma que "no está acreditado en modo alguno, a la vista de las actuaciones practicadas la existencia de delito, ni de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias o fraude de subvenciones y por tanto, tampoco la necesidad de adoptar medida cautelar alguna".
Garantizar la actividad
Argumenta que el préstamo es imprescindible para garantizar la actividad de Plus Ultra y que su cese "generaría una pérdida de empleo directa de más de 400 personas y afectaría de forma indirecta al empleo de 2.700 trabajadores", lo que tendría "un impacto económico de 365 millones de euros en términos de facturación". Añade que "del total de los cerca de 50 millones de euros de pasivo del balance de Plus Ultra, los clientes, por el pago anticipado de billetes de avión, y los acreedores comerciales, suponen un 80%", por lo que serían los principales perjudicados.
Añade que como "el objeto de la ayuda consistió en dos préstamos, uno participativo por 34 millones y otro ordinario por 19, solo en el momento en el que se incumpliera el vencimiento de la obligación de devolución, se podría producir un daño real y efectivo susceptible de ser evitado con la medida cautelar cuya suspensión se insta". Pero las propias ayudas, recuerda, establecían garantías para su recuperación.
Fiscalización y garantías
En este sentido, insiste en que "la disposición de fondos públicos se ha realizado a cargo del FASEE, que es un fondo sin personalidad jurídica, y sujeto a la fiscalización de la Intervención General de la Administración del Estado" y su gestión está fiscalizada. Pero, además, "en el propio contrato de otorgamiento de las ayudas se establecen una serie de garantías que se estiman adecuadas y suficientes para el adecuado cumplimiento de los objetivos de las mismas y preservación de los fondos públicos", como una amortización a siete años y anticipada en el caso de venta de activos.
El informe recuerda también el criterio del Tribunal de Cuentas que archivó la acción pública iniciada a instancias de la líder de Ciudadanos, Inés Arrimadas, para tratar de bloquear el rescate de la aerolínea Plus Ultra por 53 millones de euros por parte del fondo de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). El órgano fiscalizador entendió que la concesión de un préstamo no supone ningún perjuicio contable a las arcas públicas, salvo que no sea devuelto, circunstancia que aún no se ha producido, por lo que no ve motivo para abrir la investigación pretendida por el partido liderado por Inés Arrimadas, que ya anunciado que recurrirá la decisión.
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