Más de 3.500 'riders'

Inspección de Trabajo requiere a Glovo 3,8 millones de euros por emplear a falsos autónomos en BCN

La empresa de reparto irá a juicio el próximo febrero tras el acta levantada por el organismo laboral hace unos meses, que es la más grande hasta la fecha en todo el sector

Un repartidor de Glovo pedaleando en Barcelona.

Un repartidor de Glovo pedaleando en Barcelona. / periodico

Gabriel Ubieto

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Glovo deberá pagar un total de 3.842.602,35 euros en concepto de cuotas atrasadas a la Seguridad Social por emplear durante un periodo de tres años a un total de 3.573 repartidores como falsos autónomos en la ciudad de Barcelona. Estas son las cifras que deja el acta de liquidación propuesta por la Inspección de Trabajo, sobre una actuación que ya avanzó EL PERIÓDICO el pasado febrero y a la que ha tenido acceso recientemente. Y este es el requerimiento más grande que dicho organismo ha efectuado sobre una empresa digital de reparto en toda España, en pleno debate jurídico sobre la legalidad o no de su modelo laboral. 

No será hasta febrero del 2020, cuando el acta de Inspección de Trabajo está previsto que sea revisada en un juzgado de lo social de Barcelona, que un magistrado determinará si la actuación de la 'policía laboral' fue pertinente y, en consecuencia, Glovo deberá pagar la factura por incurrir en un fraude de encuadramiento. O bien el juez fallará a favor de la empresa y la eximirá de toda responsabilidad. ¿Podría asumir Glovo el pago de las cuotas requeridas? "Llegada la circunstancia, la compañía lo podría asumir", responden desde la compañía.

De momento Glovo sigue operando con su sistema de autónomos, dicha factura de 3,8 millones está congelada y los ‘riders’ que pedalean por las principales ciudades de España con la mochila amarilla de la marca a sus espaldas siguen pagando sus propias cuotas mes a mes, además de asumir el coste del teléfono móvil o de cualquier avería en su vehículo, entre otros gajes propios del trabajador por cuenta propia. Un modelo de autónomos que UGT estimó que permite ahorrar a las empresas del sector alrededor de 168 millones de euros anualmente, entre salarios y cotizaciones.

Batalla jurídica en toda España

Los antecedentes jurídicos no juegan a favor de Glovo, empresa fundada en Barcelona en el 2015. Un reguero de sentencias van saliendo a la luz desde los juzgados de las principales ciudades españolas. De momento el contador, pese a que inicialmente fue favorable a la firma, va en su contra: nueve sentencias a favor del criterio de que los ‘riders’ deberían ser asalariados y ocho en contra.

Glovo "confía plenamente en su modelo de negocio" y cree que su apuesta por el TRADE, el autónomo económicamente dependiente, acabará siendo reconocido legalmente. "Existen otros contratos, como el contrato por obra, que combinan flexibilidad y dependencia, pero no existe una fórmula que asegure independencia y flexibilidad del prestador. De ahí que el único modelo aplicable sea el de TRADE", afirman fuentes de la empresa.

El periplo judicial sigue adelante y todavía quedan meses, como mínimo, para que algún caso llegue al Tribunal Supremo y este unifique doctrina. De momento la instancia más alta ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que falló a favor de la tesis de que los 'riders' son falsos autónomos. Queda pendiente también de conocerse el acta que comenzó a levantar en abril la Inspección de Trabajo en Madrid, que debido a la menor presencia de la empresa se prevé de menor cuantía. En Zaragoza ya falló contra Glovo y le requirió 379.963,09 euros por emplear a 326 falsos autónomos.

Y el otro gran precedente del sector, el macro juicio de la Seguridad Social contra Deliveroo en Madrid, se saldó también con victoria para los repartidores. En este estuvieron involucrados 529 repartidores; siete veces menos de los que se juzgarán en febrero en Barcelona. Sobre el macro juicio de la capital española no ha transcendido todavía la cifra requerida por la Seguridad Social a Deliveroo. El caso más parejo es el requerimiento que transcendió de la actuación de Inspección de Trabajo sobre Deliveroo en Barcelona, que por dos años con una cantidad menor de repartidores le demandó 1,3 millones de euros, según cálculos de la parte social denunciante.

La vía política

Ante la, como mínimo, incierta vía judicial, las empresas del sector están explorando sendas alternativas para encontrar un encaje legal a medida para su modelo laboral. Pese a que el fundador de Glovo, Oscar Pierre, afirmó en una entrevista en enero de este año que su compañía podría asumir la contratación de sus riders, la patronal Adigital, vinculada a CEOEy de la que forman parte Glovo, Deliveroo o Uber, ya presentó el pasado julio una batería de propuestas para reformar la figura del autónomo. Con una mayor protección social, un reconocimiento más explícito de la dependencia y la incógnita sobre quién acabará costeando ese extra de prestaciones. Y el pasado martes 17 de septiembre Glovo se reunió por primera vez con la Ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, para hacerle llegar sus pretensiones. 

Es precisamente esa vía la que más preocupación les genera a las asociaciones de 'riders' organizados para reivindicar mejoras laborales y su condición de asalariados. "Valoramos positivamente el fallo de la Inspección, pero nos preocupa la alta capacidad de influencia que puedan tener Glovo o Deliveroo sobre el Gobierno. Si cambian la ley, la línea de Inspección también cambiará", declara una de las portavoces de RidersXDerechos, Núria Soto.

Los argumentos de Inspección: el algoritmo es el jefe

<span style="font-size: 1.6rem;">Uno de los principales argumentos que utiliza la <strong>Inspección de Trabajo</strong> para determinar que los repartidores no son trabajadores autónomos independientes sino asalariados camuflados es la encarnación del algoritmo de la aplicación en la figura del jefe. "Glovo, a través de su plataforma, ha automatizado su poder de organización y dirección mediante un algoritmo matemático que optimiza la respuesta a las demandas que recibe de servicios de reparto y que han de prestar los repartidores en las condiciones establecidas", consideran los inspectores en su resolución.</span>