Las cláusulas sociales de las licitaciones públicas enfrentan a contratistas y administraciones

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Max Jiménez Botías / Gabriel Ubieto

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Los contratistas de obras públicas de Catalunya y las administraciones --principalmente los ayuntamientos, que son los que han mantenido la actividad en la licitación durante los últimos dos años-- discrepan sobre la aplicación de las clausulas sociales en los contratos, particularmente por lo que se refiere la posibilidad que tienen los ayuntamientos de incidir en la retribución que deben cobrar los trabajadores de las empresas que se adjudican los concursos públicos para ejecutar obra pública

La ley de contratación pública transpone al ordenamiento jurídico español, dos de las tres directivas de contratación de la Unión Europea. La norma entró en vigor el 9 de marzo de 2018. Una de las novedades más importantes es la inclusión, de manera transversal a todas las licitaciones, de aspectos y cláusulas sociales y ambientales con el objetivo de fomentar la compra pública con responsabilidad social y ambiental. La nueva ley pone de relieve la dimensión instrumental de la contratación pública para lograr un crecimiento eficiente, de acuerdo con la pauta marcada por la Estrategia Europa 2020.

Sinb embargo, la Cambra de Contractistes d'Obres Públiques de Catalunya (CCOC) ha denunciado una proliferación inadecuada de cláusulas sociales que, a su juicio, están mal planteadas en los pliegos de las licitaciones de obras públicas. El presidente de esta Cámara, Joaquim Llansó, destaca que han aumentado este tipo de cláusulas "bienintencionadas" que, en la práctica, acaban siendo ineficaces o bien alteran equilibrios internos de las empresas, según esta corporación.

Distorsión del convenio

Los contratistas dirigen sus quejas contra los ayuntamientos, pero apuntan directamente a la sociedad Barcelona d'Infraestructures Municipals (BIMSA), puesto que, según destacan, piden en algunas licitaciones que se pague a los trabajadores hasta un 10% más de lo previsto en el convenio del sector, algo que supone crear "desigualdades en el seno de las empresas", según los contratistas. "EL convenio de la construcción ya está por encima de la media del sector, con lo que esas cláusulas acaban distrosionado los precios", ha afirmado Llansó. A su juicio, no tiene sentido que ese trabajador cobre un 10% más por una obra que otro trabajador del sector que realiza otra obra de iguales características licitada por un ente diferente. "Están entrando en nuestra cocina", ha asegurado Llansó para expresar su queja de que los pliegos de las licitaciones se inmiscuyan en la política salarial de una empresa. Con cláusulas como esta, "se rompe el juego de las relaciones laborales de una empresa con un retorno social cuestionable", destacan

Otro ejemplo de estas cláusulas es que se exija en un pliego que se contrate a parados para adjudicarse una obra en épocas de crisis económica, porque esa empresa puede llegar a despedir a más trabajadores en plantilla de los que necesitaría simplemente para hacerse con esa licitación, sostiene Puig. Los contratistas también denuncian que algunas administraciones pidan que se contrate a personas con exclusión social y al mismo tiempo buscan recortar al máximo el precio al que se adjudica la obra.

Mesa de Contratación en el origen

Desde la Administracion local barcelonesa se recuerda que en el 2017 el Consisitorio ya publicó una instrucción de contratación social "que tiene su origen en los acuerdos de la Mesa de Contratación en la que los propios contratistas estaban representados", afirman fuentes municipales.  Esta instrucción prevé incorporar cláusulas sociales en los pliegos de licitación, entre los que está el de mejora salarial.

BIMSA, en aplicación de esta instrucción, ha incluido en sus pliegues un criterio por el que se puntúa la mejora salarial voluntaria que las empresas quieran ofrecer al personal de mano de obra directa de las obras. "El criterio pretende incentivar a las empresas a mejorar la retribución del personal que debe ejecutar una obra en la ciudad de Barcelona, como medida social en favor de una mejor redistribución de las rentas en la ciudad y para potenciar unos salarios más justos", defiende la empresa municipal, que al mismo tiempor recuerda que "no es obligatorio pagar un sueldo determinado. Solo si la empresa voluntariamente hace una oferta en relación con esta cláusula, es cuando es de obligado cumplimiento. Pero las empresas que presentan una oferta sobre esta cláusula lo hacen de manera voluntaria, no es obligatorio", subrayan.

Los sindicatos defienden que las condiciones se cumplan

Empresarios, sindicatos y administración reconocen en la construcción un sector estratégico de cara al futuro de la economía catalana. Así lo recoge el <strong>Pacte Nacional per a la Industria</strong>, firmado por <strong>Govern, patronales y sindicatos </strong>en el 2017, y que ya incluía como recomendación las cláusulas sociales que actualmente son motivo de discordia. Este instaba a “que las licitaciones públicas incluyan cláusulas sociales y laborales que garanticen el cumplimento de la legalidad y eviten la presentación de ofertas que precaricen les condiciones de trabajo”, reza el texto.<br/> Desde los sindicatos se pone en valor dicho acuerdo y aplauden todo incremento salarial planteado, aunque su prioridad no es tanto mejorar las actuales condiciones, sino garantizar que estas se cumplan. “En muchas obras nos encontramos que no se está respetando los límites en las cadenas de subcontratación”, declara la responsable de <strong>UGT, Juani Arenas</strong>. Lo que se traduce, según explica, en que en muchos casos ya no es que no se esté pagando el extra de la cláusula social, sino que no se llega ni al sueldo pactado por convenio y no siempre se garantizan las condiciones de seguridad.<br/> La siniestralidad en el sector de la construcción en Catalunya ha aumentado sustancialmente en el último año. El aumento de la actividad provocó que los accidentes que acabaron causando baja crecieran el 9,6% en el 2018 respecto al 2017, hasta un total de 10.414. No obstante, también aumentaron los índices de siniestralidad, que ponderan los accidentes y el número de afiliados, concretamente el 2,4%.  <br/> Desde la <strong>federación de construcción y servicios de CCOO</strong>, Germán González considera que ese plus de recursos que la licitación pública impone a las empresas generaría más rendimientos si se destinara a mecanismos de control del cumplimiento de las condiciones del pliego. “La Administración debe implicarse más durante el proceso”, declara.