El FROB bendice las cuentas con las que Bankia salió a la bolsa
El organismo envía al juez un informe de la CNMV que rebate las conclusiones de los peritos del Banco de España
El FROB, el fondo de rescate español, ha rebatido las "debilidades" de las conclusiones de los dos peritos que cuestionaron las cuentas de Bankia desde su constitución y concluye que todas ellas, también las de su salida a bolsa, "reflejaron su imagen fiel".
Así lo expone el organismo dependiente del Ministerio de Economía en el escrito que ha presentado al instructor del 'caso Bankia', Fernando Andreu, al que ha tenido acceso Efe, tras recabar "el criterio técnico del Banco de España" sobre la formulación de los estados contables de las entidades de crédito recogida en su circular 4/2004 de 22 de diciembre.
No solo eso, sino que el FROB aporta un informe que encargó a la CNMV sobre el proceso de Oferta Pública de Suscripción (OPS) previa al debut bursátil de la entidad. Tras recoger la opinión de los dos organismos, explica que no puede compartir la conclusión de los técnicos cedidos por el Banco de España para trabajar en el 'caso Bankia' de que sus cuentas, tanto las del estreno bursátil, como las de 2011 formuladas por Rodrigo Rato y las reformuladas después por el equipo de José Ignacio Goirigolzarri, "no reflejaran la imagen fiel de la entidad".
Y ello porque sus "juicios subjetivos y metodologías distintas" les llevaron a verter propuestas sobre ajustes "no coincidentes", lo que "subraya la existencia de un margen de apreciación o estimación amplio" que, "como mínimo, debería haber llevado a una modulación de las conclusiones sobre la imagen fiel de las cuentas".
Además, obviaron que el periodo analizado "estuvo marcado por una crisis financiera profunda", en la que se produjeron "cambios relevantes en la percepción y expectativas sobre la evolución de la situación económica y de los mercados".
También les aclara que para juzgar unas cuentas de una fecha determinada es necesario saber "cuál era exactamente la información disponible" entonces, porque lo contrario podría suponer un "sesgo retrospectivo, incorporando al juicio sobre el pasado el conocimiento que se tiene del resultado final".
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