Campaña de la renta 2020
Hacienda permitirá pagar en seis meses el IRPF a quienes tuvieron erte en 2020
En caso de que la declaración de la renta resulte a ingresar, se podrá solicitar el fraccionamiento de dicho ingreso en el 2021 en seis partes iguales sin intereses de demora
El Periódico
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La Agencia Tributaria permitirá fraccionar en seis entregas el pago de la liquidación del IRPF a aquellos contribuyentes que estuvieron afectados por un expediente temporal de regulación de empleo (erte) durante el pasado 2020 y cuya declaración salga positiva.
Fuentes del ministerio que dirige María Jesús Montero han confirmado que "en breve" se aprobará una orden ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a erte, que podrán abonar en esos seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación sin intereses. Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se puede fraccionar en dos veces (el 60% al presentar la autoliquidación y el 40% restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a erte, según ha adelantado este viernes el diario 'El País' y ha podido corroborar EL PERIÓDICO.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha comenzado a enviar cartas a los contribuyentes que en 2020 percibieron prestaciones del Servicio Estatal Público de Empleo (Sepe) derivadas de ertes. En estas se les da la siguiente indicación: "En caso de que su declaración resulte a ingresar, y de acuerdo con una norma que en estos momentos se encuentra en tramitación, le comunicamos que podrá solicitar el fraccionamiento de dicho ingreso en seis fracciones iguales sin intereses de demora. El pago del fraccionamiento solicitado se efectuará en dichas seis fracciones, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021".
Cobros indebidos
Al tiempo, la AEAT recomienda a los trabajadores afectados por un erte que hayan recibido cobros indebidos del Sepe que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta. La Agencia Tributaria publicó la semana pasada en su página web un documento con información específica para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un erte ante la campaña de la renta 2020, que arranca el 7 de abril.
En concreto, señala que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de prestaciones del Sepe (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (su empresa y el Sepe) o bien por haber recibido abonos que no le correspondían. En los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del Sepe superior al que le correspondía, tendrán que tener en cuenta esta circunstancia a la hora de elaborar su declaración de la renta, aunque la actuación será diferente en función de si se les ha reclamado o no la devolución de estas cantidades.
Así, si el Sepe reclamó la devolución en 2020 y esta se ha efectuado, la Agencia Tributaria contará con la información correcta y el contribuyente podrá presentar su declaración normalmente.
Sin embargo, si el Sepe no reclamó en 2020 la información que aparece en los datos fiscales de la Agencia Tributaria podría no ser correcta -porque no recoge devoluciones efectuadas en 2021 o porque la reclamación ni siquiera se ha iniciado-, por lo que si es así recomienda esperar a que se actualice.
El Sepe y la Agencia Tributaria mantienen contactos para actualizar periódicamente la información de reintegros a lo largo de la campaña de la renta, que se extiende hasta el 30 de junio, de manera que los contribuyentes puedan contar con los datos correctos en su borrador.
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