ENTREVISTA COLECTIVA SOBRE LA RENTA

"Los datos del borrador que envía Hacienda pueden estar incorrectos o incompletos"

La gestora experta en fiscalidad, Concha Forteza, en la redacción de El Periódico respondiendo a los lectores

La gestora experta en fiscalidad, Concha Forteza, en la redacción de El Periódico respondiendo a los lectores / MARTA JORDI

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Los lectores de EL PERIÓDICO expresaron sus dudas sobre la declaración de la renta a través de las redes sociales y ahora Concha Forteza, miembro de la Comisión Fiscal del Col·legi Oficial de Gestors Administratius de Catalunya las responde. Una entrevista colectiva pensada para clarificar todos aquellos aspectos que suelen despertar más incertidumbre a la hora de presentar la renta.

--Alberto González: ¿Todos los datos del borrador que elabora Hacienda son siempre correctos? ¿Qué pasa si detectamos que alguno no lo es?

--No, los datos no siempre son correctos, pueden contener errores o simplemente estar incompletos. Resulta muy útil descargar los datos fiscales para comprobar con qué datos se ha confeccionado el borrador. Cuando detectamos alguna diferencia, hay que modificarla en la declaración.

--Chus Cid: No estando casados pero con una hija en común ¿sería más ventajoso hacer la declaración conjunta?

--No estando casados, no puede hacerse la declaración conjunta. Podríais hacerla uno de los dos conjuntamente con la hija, pero si convivís, no podéis aplicar la deducción por tributación conjunta de familia monoparental, con lo cual el resultado es el mismo que si la hacéis individual y cada uno aplica el 50% del mínimo por descendiente.

--Guillermo Coll: ¿Cómo puedo desgravar un donativo a una ONG?

--Hay un apartado expresamente para donativos donde se informa del importe aportado y también si en los dos años anteriores se ha hecho el mismo donativo por un importe igual o inferior al del año que se declara, ya que en este caso la deducción es mayor.

--Carlos Rosal: ¿El alquiler desgrava?

--En el ejercicio 2017 solamente existe un régimen transitorio que permite continuar desgravando el alquiler a aquellos contribuyentes que reuniendo las condiciones para poder aplicar la deducción, tuvieran un contrato anterior al 1 de enero de 2015. Sin embargo en Catalunya existe otra deducción autonómica que tiene condiciones distintas a la deducción estatal que no tienen en cuenta el año del contrato. En algunos casos pueden resultar de aplicación las dos deducciones.

--Gemma Mestres: ¿Invertir dinero en la adquisición de una vivienda nueva desgrava? Por ejemplo, hacer el pago avanzado de un porcentaje del precio total del piso.

--Actualmente ha desparecido la deducción por adquisición de vivienda, aunque queda un régimen transitorio que permite seguir aplicando la deducción a aquellos que compraron la vivienda antes del 1 de enero de 2013 y continúan pagando la hipoteca, siempre que hubiesen aplicado ya la deducción en un ejercicio anterior a 2013.

--Llorenç Buñuel Farre: ¿Si eres autónomo, desgrava el IVA de los gastos?

--Los autónomos que repercuten IVA en sus facturas, liquidan el IVA trimestralmente, por lo cual no debe tenerse en cuenta al confeccionar la declaración de renta. Sin embargo, si la actividad que se viene ejerciendo está exenta del IVA (es decir que no tiene que repercutir IVA y por tanto no presenta declaraciones trimestrales), el impuesto soportado en las compras y gastos relacionados con dicha actividad supondrán un mayor gasto para determinar el rendimiento neto de la actividad económica ejercida.

--Emilio Martinez-Borso: ¿Teniendo un familiar con discapacidad, cómo se puede desgravar?

--Los familiares que pueden dar derecho a deducción son los descendientes (hijos) o ascendientes (padres), que no perciban rentas superiores a 8.000 euros y que no hayan presentado declaración de renta o que perciban rentas inferiores a 1.800 euros aunque hayan presentado la declaración. Si les resulta de aplicación el mínimo por descendiente o ascendiente y tiene un grado de discapacidad superior al 33%, además de este mínimo tendrá derecho a la deducción en la cuota por ascendiente o descendiente discapacitado que consiste en una deducción de 1.200 euros que puede cobrarse anticipadamente o al presentar la declaración. (ver las condiciones).

--Javier Nieto: Si he residido en dos comunidades autónomas, ¿en cuál tengo hacer la presentación?

--En principio, deberás presentarla en la comunidad autónoma donde hayas residido más de 183 días. Si no se puede determinar la residencia conforme a este criterio, serás contribuyente de la comunidad donde hayas obtenido la mayor parte de tus rentas; y si así tampoco pudiera determinarse, se considerará que eres residente en el territorio donde presentaste la última declaración de renta.

--Albert Cerdán: ¿Los posgrados desgravan?

--No, los posgrados no desgravan. En Catalunya hay una deducción autonómica por los intereses de préstamos para cursar estudios de master o doctorado, concedidos a través de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias e Investigación.

--José Parra: ¿Puedo desgravar los seguros de vida asociados a la hipoteca por la adquisición de vivienda habitual?

--Si puedes aplicar la deducción por adquisición de vivienda, por reunir las condiciones (haberla adquirido antes del 2013 y haberte aplicado la deducción con anterioridad a ese año), los seguros vinculados a la hipoteca formarán parte de la base de deducción, sumados a los importes pagados por la hipoteca.

--Dícac Cot: Los hijos mayores de 18 años, ¿hasta qué edad pueden incluirse en la declaración de los padres en concepto de mínimo por descendientes?

--Los hijos mayores de 18 años, ya no forman parte de la unidad familiar, por lo cual los rendimientos que perciban no deben incluirse en la declaración conjunta de la unidad familiar, pero si que dan derecho a aplicar el mínimo por descendiente hasta los 25 años, siempre que no perciban rentas superiores a 8.000 euros y no hayan presentado declaración de renta, o que perciban rentas inferiores a 1.800 euros aunque hayan presentado declaración.

--nuri_garci32: Estuve cinco meses en paro y luego comencé a trabajar, pero con un contrato de media jornada. Creo que no llego al mínimo, pero ¿vale la pena hacer la declaración igualmente? 

--Te recuerdo que cuando tienes dos pagadores, el mínimo para declarar baja a 12.000 euros. En caso de no estar obligada, pero que hubieses tenido alguna retención por los rendimientos obtenidos, es aconsejable calcular el impuesto por si la declaración te saliese ‘a devolver’ y por tanto te interesase presentarla.

--Marcosv: Conseguí que el banco me devolviera la cláusula suelo. ¿Se tiene que declarar? ¿Y de qué forma?

--Si la hipoteca que contrataste fue para la adquisición de tu vivienda habitual y te dio derecho a deducir los intereses pagados, deberás presentar declaración complementaria de los ejercicios no prescritos, por los importes que resulten haber sido deducidos indebidamente, sin intereses ni sanción. Si no habías deducido ningún importe por dicha hipoteca, no tienes que incluir ningún importe en tu declaración de renta.

Gracias a todos por vuestra participación.