REVÉS PARA EL GOBIERNO MUNICIPAL

El TSJC declara nulas las consultas ciudadanas de Colau

zentauroepp50571768 pla curt de l alcaldessa de barcelona ada colau durant el pl191025121656

zentauroepp50571768 pla curt de l alcaldessa de barcelona ada colau durant el pl191025121656 / periodico

Toni Sust

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La maldición de la multiconsulta sigue persiguiendo a Ada Colau. La alcaldesa vio en el anterior mandato cómo el pleno le tumbaba en abril del 2018 una de sus iniciativas más queridas. A raíz de propuestas ciudadanas, debía consultarse a los barceloneses sobre la posible municipalización del agua y sobre la propuesta de rebautizar el nombre de la plaza de Antonio López, el negrero más conocido aunque no fue el más prolífico, por el de Idrissa Diallo, guineano fallecido en el CIE de la Zona Franca. En el pleno siguiente, en mayo del 2018, el pleno aprobó hacer las dos preguntas, aunque con un calendario aplazado al 2020: la proximidad de las municipales impedía hacerlo antes.

Pero la multiconsulta ha sufrido un nuevo y duro revés. La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha declarado nulo el reglamento que amparaba las consultas ciudadanas promovidas por el gobierno de Colau, según el fallo al que ha tenido acceso este diario. El TSJC estima así el recurso presentado por Abogados Catalanes por la Constitución sobre el reglamento de participación ciudadana de Barcelona aprobado el 6 de octubre del 2017 y publicado en el BOPB de fecha 30 de octubre del 2017. Además, la sentencia impone al Ayuntamiento de Barcelona el pago de las costas del mismo con un límite de 3.000 euros.

Consulta preceptiva

El tribunal se basa en dos argumentos para aceptar el recurso y tumbar la regulación. Uno atañe a la falta de un trámite en la aprobación del reglamento que recibió luz verde en octubre del 2017, del que se indica en la sentencia que debió someterse a un segundo periodo de información pública. El TSJC considera que en un momento dado, una vez superado el periodo de exposición pública sobre el reglamento, se introdujo en él una serie de modificaciones que son los suficientemente significativas como para que puedan "calificarse como sustanciales, toda vez que afectan en algunos casos a aspectos esenciales, como son el ámbito de los procesos participativos, composición de los órganos que participan en dichas consultas, lo que debió suponer que se sometiera nuevamente a información pública". Al no hacerlo, prosigue el fallo, "se estaban omitiendo trámites esenciales del procedimiento".

El segundo motivo que expone el TSJC es que si bien las consultas previstas por el reglamento de Colau pueden celebrarse, "pero deben someterse a la normativa estatal", contenida en el artículo 71 de la ley 7/1985, reguladora de las bases del régimen local, que indica que los alcaldes, "previo acuerdo por mayoría absoluta del pleno y autorización del Gobierno de la Nación" podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda local".

Como el reglamento de la multiconsulta solo contempla el aval del pleno pero no la consulta al Gobierno central, el TSJC ve en ello otro motivo para anularlo. El tribunal no ha tenido en cuenta los argumentos del consistorio, que adujo que el recurso de Abogados por la Constitución no debió ser admitido y que las consultas previstas están previstas en la Carta Municipal de Barcelona.

"Ataque a la soberanía local"

El gobierno de Colau ha acogido el fallo con aparente tranquilidad. Fuentes del ayuntamiento subrayan de entrada que no han recibido la notificación de la sentencia que declara la nulidad del reglamento de participación ciudadana, pese a lo cual se han pronunciado al respecto y han avanzado cuál será la reacción del consistorio.

Las mismas fuentes explican que el consistorio sostiene que seguirá defendiendo "la aportación que supone el reglamento para la profundización democrática, especialmente en la medida en que prevé formas de democracia directa". El concejal de Derechos de Ciudadanía y Partipación, Marc Serra, ha mostrado su enfado con la decisión judicial en mensajes que ha publicado en la red social Twitter, en los que ha anunciado que el ayuntamiento recurrirá el fallo, lo que supondrá que el reglamento siga vigente mientras se espera a una nueva decisión judicial.

"Nos hemos enterado por la prensa de que el TJSC ha estimado el recurso de Abogados Catalanes por la Constitución anulando el reglamento de participación ciudadana. Es un ataque indiscriminado a la soberanía local y un intento de laminar los avances de Barcelona en democracia directa".

Serra ha añadido que en cuanto se reciba oficialmente la sentencia se interpondrá el recurso en defensa del reglamento: "Defenderemos su legalidad hasta el final. Ahora más que nunca, defender el reglamento es defender la democracia". 

La alcaldesa y la empresa

La multiconsulta es una de las iniciativas de Ada Colau que más ha rodeado la polémica. Aparte del de Abogados Catalanes por la Constitución, en su día fue presentada una decena de recursos contra el reglamento, <strong>como los de la Delegación del Gobierno en Catalunya y la Cámara de Concesionarios y Empresas Vinculadas al Sector Público en el ámbito de las Infraestructuras, los Equipamientos y Servicios Públicos (CCIES)</strong>, entre otros. La Cámara de Concesionarios forma parte de Suez Environment, dueña de Agbar, empresa afectada por una de las preguntas previstas, sobre la posibilidad de municipalizar el servicio del agua. Colau llegó a pedir a los grupos «unidad» ante la empresa. La cámara advirtió de que municipalizar el agua costaría de 1.000 a 3.000 millones de euros.