ACUSACIONES A LA GUARDIA URBANA

El fiscal pide que se imputen dos delitos graves al concejal Garganté

Considera que las coacciones del edil de la CUP a un médico merecen más que un juicio rápido

El concejal de la CUP en el Ayuntamiento de Barcelona Josep Garganté.

El concejal de la CUP en el Ayuntamiento de Barcelona Josep Garganté. / periodico

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El fiscal ha recurrido ante la Audiencia de Barcelona la decisión del juez de enviar a juicio rápido al concejal de la CUP en Barcelona Josep Garganté por coacciones leves a un médico, al entender que se le deben imputar dos delitos graves dada la "intensidad" de la presión que ejerció.

En un escrito, la Fiscalía pide a la Audiencia que revoque la decisión del titular del juzgado de instrucción número 22 de Barcelona de juzgar a Garganté por un delito leve juzgado de instrucción número 22 de Barcelona -las antiguas faltas, que no requieren investigación previa- por coaccionar a un médico para que modificara el parte de lesiones de un mantero haciendo constar que había caído por el empujón de un guardia urbano durante una redada.

El juez envió a juicio al concejal de la CUP, en contra del criterio de la Fiscalía, que pidió que se abriera una investigación a Garganté -así como a las personas que le acompañaban, pendientes de identificar- por un delito de coacciones menos grave y otro de falsedad en documento oficial como inductor.

Para el ministerio público, las coacciones al facultativo revisten más gravedad dado que se ejercieron mediante "un grupo coordinado", cuya sola "presencia plural" refuerza la conducta de Garganté y "hace que se supere el ámbito penal de los delitos leves por la intensidad de la presión generada".

"Es evidente que un grupo, por mucho que se limite a reforzar con su presencia a un portavoz, resulta un elemento susceptible de intimidar", razona el fiscal, que cree también relevante que los hechos ocurrieron en el servicio de urgencias, donde "todos los facultativos y personal sanitario se encuentran sometidos a presión y precisan la mayor serenidad posible".

PROCESO PENAL O CIVIL

El escrito de la Fiscalía argumenta además de que, de haber conseguido Garganté su propósito, se habría alterado la "etiología lesional en el parte médico de urgencias", lo que abriría la puerta a imputar a una tercera persona -el guardia urbano- un proceso penal o civil para exigir la correspondiente indemnización. "Hacer constar como causa de una lesión una agresión supone la existencia de una acción voluntaria y dolosa de un tercero para menoscabar la integridad física del lesionado", recalca el escrito del fiscal, que por eso considera que procede imputar a Garganté un delito de falsedad en documento oficial. 

Según el ministerio público, el médico del centro Peracamps de Barcelona presuntamente coaccionado, "como funcionario, estaba siendo compelido a modificar, faltando a la verdad, un documento, el parte médico asistencia de urgencias, que tiene la condición de documento oficial (...)". El hecho de que el "fin perseguido" fuera perpetrar un delito de falsedad documental "no es ajeno al tipo penal y debe ser tenido en cuenta a la hora de valorar la intensidad de las coacciones", sostiene el escrito de la Fiscalía.

El ministerio público discrepa del juez en que ese supuesto delito de falsedad documental debería ser investigado por otro juzgado de Barcelona que recibió los dos partes de asistencia del mantero: uno el confeccionado por el médico del Peracamps y otro el del Clínico, en el que el herido hizo constar como causa de las lesiones "una agresión".

Para el fiscal, el intento de Garganté de que el médico modificara el parte de lesiones del mantero "podría ser en sí mismo constitutivo del presunto delito de falsedad en documento oficial, con independencia de que la existencia del otro parte pudiera dar lugar a otras responsabilidades criminales". Y concluye que los hechos podrían constituir un delito de falsedad en documento oficial y otro de coacciones "por la forma, lugar, medios de comisión y finalidad perseguida".