LA REALIDAD DE LOS LOCALES DE AUTOCONSUMO

Una densa humareda

Los clubs cannábicos se mueven en un limbo jurídico sobre el cultivo, el transporte y el consumo que posibilita la especulación

VÍCTOR VARGAS LLAMAS / BARCELONA

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Uno de cada tres clubs cannábicos de los 145 que operaban en la ciudad de Barcelona incumplían la normativa municipal, según anunció el ayuntamiento a mediados de agosto del año pasado. Como consecuencia de la intensa campaña de inspecciones realizadas en estos establecimientos, 45 de estos clubs ya no pudieron levantar la persiana en noviembre por deficiencias de salubridad seguridad, por tratarse de locales de venta o porque aceptaban la entrada de menores, entre otras irregularidades. El censo de estos locales no ha aumentado porque el consistorio decidió el pasado junio la suspensión de las licencias durante un año.

La actuación de las autoridades barcelonesas se ha centrado en aquellos establecimientos que incumplían la normativa municipal en cualquiera de sus aspectos. Pero más allá de estos requisitos administrativos, sobre la actividad desarrollada en los clubs cannábicos se cierne un cierto limbo legal. El Código Penal prevé condenas de entre 3 y 6 años de prisión para aquellas personas que cultiven o trafiquen con drogas, pero lo hace en unos términos expresados con tal ambigüedad que ya se han registrado diversas sentencias que han sentado jurispridencia y avalado la actividad de estos establecimientos ante la ley, según exponen desde la Federación de Asociaciones Cannábicas (FAC).

Sin embargo, cada caso es un mundo, y en función del juez que instruya el juicio se pronunciará una sentencia en uno u otro sentido, reforzando la sensación de «alegalidad» que no logran sacudirse estas entidades, según explica Jaume Xaus, vicepresidente de FAC. Este limbo legal que impera hasta el momento es precisamente uno de los grandes alicientes con los que se encuentran los visitantes foráneos y algunos propietarios de clubs, que aprovechan el filón turístico de la ciudad para realizar trapicheos que trascienden la labor descrita para estos locales, concebidos como entes sin ánimo de lucro. Así, al no haber ninguna norma vinculante, durante una temporada, algunos clubs pudieron aplicar protocolos lo suficientemente laxos como para que un turista recién llegado a la ciudad pudiera inscribirse sin las preceptivas esperas de entre 15 y 30 días de carencia que suelen aplicar la mayoría de establecimientos. También pueden alargar las jornadas más allá de las 8 horas recomendadas e incluso, en algunos casos, permiten el acceso a menores.

Efectos paliativos

De la misma forma que algunos clubs hacen negocio con una explotación alegal de sus funciones, existe el reverso de la moneda, con muchas entidades que consagran parte de sus actividades al uso terapéutico del cannabis. Pese a que la mayoría de socios de estos clubs fuman para fines recreativos, en torno a un 15% de las personas que acuden a estos locales consumen esta sustancia en busca de efectos que palien los síntomas de sus patologías, según datos de la FAC. Es el caso de enfermos de fibromialgia, o de cáncer, que ven aliviadas así las reacciones propias de la quimioterapia. O personas que, por motivos de salud, han perdido el apetito o el sueño.

El propio 'conseller' de Salut, Boi Ruiz, subrayó la necesidad de regular el uso terapéutico del cannabis para que los enfermos que recurren a su consumo no tengan en las entidades de consumo cannábico la única vía con la que mitigar parte de su malestar. La alternativa es el fármaco Sativex, el único de los que incluyen extractos de cánnabis que autoriza el Ministerio de Sanidad. En el 2013, solo 111 pacientes catalanes recibieron tratamiento con este fármaco. Salut confirmó que solo se receta para personas con esclerosis múltiple.

Especulaciones

Otro aspecto a tener en cuenta en una futura regulación del consumo de cannabis es el relacionado con el cultivo y el transporte de esta sustancia. Ángel Benito, presidente de la Federación de Asociaciones Cannábicas Autorreguladas de Catalunya (Fedcac), aboga por «auditorías de la plantación» a través de un perito agrónomo que destierre posibles trapicheos.

«Se trata de demostrar que la cantidad de cannabis que se cultiva está en plena concordancia con la demanda de los socios del club». Una forma de evitar especulaciones sobre la actividad de los clubs que se refuerza si además se establece como norma de obligado cumplimiento la entrega de los libros de control a las administraciones, según argumentan desde la Fedcac y la FAC.