Editorial

La muerte digna, de nuevo a debate

El complejo caso de la niña gallega Andrea Lago recuerda que España no tiene una ley que regule la eutanasia

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¿Cuál es el momento exacto en el que una persona con una enfermedad irreversible que deteriora extraordinariamente su calidad de vida puede aspirar a morir dignamente por la vía de la omisión de auxilios médicos que solo prolongan artificialmente su existencia? No es fácil la respuesta a la pregunta, que en España se suscita periódicamente, cada vez que un caso trasciende a la opinión pública. De nuevo sucede ahora con Andrea Lago, una niña gallega de 12 años que sufre una enfermedad neurodegenerativa sin cura. Sus padres reclaman que se le retire el soporte vital y sea sedada hasta que expire. El Hospital Universitario de Santiago, donde está ingresada, aduce que los médicos no están practicando ninguna obstinación terapéutica con la paciente, cuyos órganos vitales funcionan sin ayuda, y que se rigen por los principios éticos que establece la ley de muerte digna de Galicia, una de las siete comunidades españolas que se han dotado de una normativa específica al respecto.

Las consideraciones morales chocan inevitablemente en situaciones límite como esta. Es comprensible que los profesionales de la salud estén dispuestos a poner todo lo que está a su alcance mientras eso no atente a la dignidad del enfermo. Y no menos lógico resulta que los padres de una niña condenada quieran evitarle -y evitarse ellos mismos- el martirio de una decadencia física y psicológica con un final anunciado. El debate se ha vuelto más complejo en los últimos años, porque la mejora de las técnicas médicas paliativas permite prolongar mucho más que antes esta fase cuasi vegetativa de pacientes con enfermedades gravemente limitativas. Eso no varía sus nulas posibilidades de curación pero alarga el impasse, lo que unas familias ven como una prórroga de una cierta forma de vida y otras como la prolongación de la antesala de la muerte.

España tiene pendiente una ley de eutanasia que tome el relevo de la norma del 2002 sobre la autonomía del paciente. La sociedad es suficientemente madura como para abordar un debate cuya conclusión debería saber conjugar la garantía de una praxis médica intachable y la libertad personal del enfermo (o, en su caso, sus familiares). Aun así habría posiblemente casos polémicos, pero también más dignidad para los afectados.