consulta decisiva
La reforma de la Constitución que se vota en Italia, en cinco claves
La pérdida de influencia del Senado, la agilización del trámite de las leyes y la centralización, los aspectos más destacados
Rossend Domènech
Corresponsal en Roma
Corresponsal en Roma
ROSSEND DOMÈNECH / ROMA
Estos son los cinco aspectos clave de la reforma de la Constitución italiana impulsada por el primer ministro, Matteo Renzi, y que se vota este domingo.
PÉRDIDA DE PESO DEL SENADO
La reforma más llamativa es que el Senado dejaría de ser un doble del Congreso, de manera que las leyes serían aprobadas solo por este último, a excepción de los tratados internacionales, revisiones de la Constitución, referéndums populares e incompatibilidades. Los senadores pasarían de 315 a 100 y serían elegidos entre los consejeros autonómicos y los alcaldes metropolitanos. Se podría ser senador con 18 años y no con 40 como actualmente. Los nuevos senadores no tendrían primas, sino solo los sueldos de que ya gozaran en sus regiones o alcaldias. Conservarían la inmunidad parlamentaria como actualmente.
NUEVA LEY ELECTORAL
La transformación del Senado comportaría una nueva ley electoral adaptada, cambiando las circunscripciones o colegios. El Gobierno había previsto una doble vuelta, como en Francia, que ha levantado ampollas porque, con los conservadores divididos en cinco partidos, favorecería una posible victória de los indignados del Movimiento 5 Estrellas. Otro aspecto discutido es el premio (50+1%) electoral al partido más votado para que pueda gobernar holgadamente: la discusión es sobre el porcentaje de ese premio y la posibilidad de que los partidos puedan formar coaliciones, o que puedan aliarse antes de la primera vuelta o de la segunda.
TRÁMITE MÁS ÁGIL DE LAS LEYES
El Ejecutivo contaría con un carril preferencial para las leyes que presente al Parlamento, el cual debería ponerlas en agenda en una semana y aprobarlas o rechazarlas en un máximo de 85 días (actualmente pueden transcurrir años). El nuevo Senado podría exigir una revisión de las leyes aprobadas por el Congreso, pero su parecer sería sólo consultivo. Previo consenso entre las formaciones políticas, las leyes podrían ser definitivamente aprobadas por las comisiones (que ya reflejarían los porcentajes electorales del pleno). En caso de peticiones reglamentadas, deberían pasar obligatoriamente por el hemiciclo.
CENTRALIZACIÓN
La reforma cambiaría la relación entre el Estado central y las autonomías, sustrayendo a estas últimas poderes en materia fiscal, energía, transportes e infraestructuras, los aspectos por los que se han producido más pleitos ante el Tribunal Constitucional. El nuevo principio apunta a dejar al Estado las materias que tienen un interés nacional. Para Sanidad ya existe, aunque no aplicada aún totalmente, una central única nacional de compras de material, con el fin de frenar la corrupción en el sector y obtener precios más bajos. “¿Por qué una jeringuilla de hospital debe tener precios distintos según las regiones?”, se pregunta el Gobierno.
SUPRESIÓN DE LAS PROVINCIAS
“La República está formada por los municipios, las ciudades metropolitanas, las autonomías y el Estado”, reza la reforma, suprimiendo definitivamente y constitucionalmente las provincias (diputaciones). Ningún funcionario sería despedido, sino que el personal sería reciclado en la Administración. Según el Gobierno, la reforma obedece al principio de “hacer más con menos”. Los municipios y las ciudades metropolitanas serían titulares de competencias propias y autónomas respecto a las del Estado. La supresión de las provincias ya está en marcha desde hace tres años y ahora se constitucionalizaría.
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