RESOLUCIÓN JUDICIAL

Una jueza frena un desahucio de Bankia en BCN por cláusulas abusivas

La entidad bancaria debe pagar las costas del proceso que afecta a una familia que había dejado de pagar el préstamo

Manifestación de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en Valencia después del fallo del Tribunal de la UE sobre los desahucios, en el 2013.

Manifestación de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en Valencia después del fallo del Tribunal de la UE sobre los desahucios, en el 2013. / periodico

J. G. ALBALAT / BARCELONA

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La jueza de Barcelona María Teresa Reig ha frenado el desahucio de una familia de Barcelona que había dejado de pagar las cuotas de la hipoteca a Bankia, al declarar abusivas las cláusulas del préstamo, y ha obligado a la entidad bancaria a pagar las costas judiciales del proceso. Es decir, al abogado de los afectados..

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Barcelona ha archivado la petición de ejecución hipotecaria presentada por Bankia, que reclamaba un total de 177.825 euros a los propietarios de la vivienda, un matrimonio ahora separado. La pareja compró la vivienda en el 2006 y les costó 140.000 euros, subrogándose en una hipoteca de 104.000 euros y haciendo una aplicación el mismo día de 46.000 euros más. Pero, en el 2014, se vieron obligados, por su precaria situación financiera, a hacer una ampliación de hipoteca. La casa está situada en el distrito de Horta-Guinardó y, en la actualidad, vive la mujer con su hijo 

Según el abogado de la familia afectada, Ferran Teva Mont, de Teva Mont Abogados de Sabadell, "lo habitual es que las costas sean compartidas cuando pierde la entidad bancaria, pero nos ha sorprendido positivamente la decisión de esta magistrada. Creemos que es muy justo para sentar precedentes respecto a la dinámica actual, ya que si los que pierden son los propietarios, son ellos los que normalmente abonan las cotas". El despacho alegó en el proceso la existencia de diversas claúsulas abusivas.

INTERÉS DE DEMORA

La jueza ha acordado detener la ejecución hipotecaria que solicitaba Bankia, al declarar nula por abusiva una de la cláusulas del contrato que fijaba un interés de demora "muy superior a los legalmente previstos para contratos con consumidores", al situarse seis puntos por encima del interés remuneratorio.

El auto reconoce, además, que los propietarios de la vivienda podrían haber seguido haciéndose cargo de los pagos mensuales si el banco le hubiera aplicado desde un principio el interés euríbor, en vez del IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) Cajas que se fijó en el 2006 en la escritura de la hipoteca. "Este índice puede llegar a representar un interés de hasta 13 veces más elevado que el euríbor. Bajo esta trampa, los bancos lo aplican muchas veces en los créditos hipotecarios sin consultar a la parte interesada. Y ante dicha clausula abusiva se debe reclamar", aconseja Ferran Teva.

La magistrada sostiene además que no se concedió un "plazo razonable" a la propietaria de la vivienda para abonar las cuotas hipotecarias que debía a Bankia antes del vencimiento anticipado de la deuda. En el auto, la juez considera también abusiva la cláusula de vencimiento anticipado del préstamo, otro de los motivos por los que acuerda archivar la petición de ejecución hipotecaria planteada por Bankia.