El Parlament aprueba el impuesto a los bienes camuflados en sociedades

Oriol Junqueras

Oriol Junqueras / periodico

AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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Cero ingresos o una recaudación muy baja. Ese es el objetivo del nuevo impuesto sobre activos no productivos, acordado por Junts pel Sí (JxSi) y la CUP, que ha aprobado el Parlament con los únicos votos de las dos formaciones que lo han promovido y Catalunya Sí Que Es Pot (CSQP). La idea es que la mera puesta en marcha del tributo genere o induzca a potenciales afectados a regularizar la situación con bienes de uso particular yatesvehículos de alta gamainmuebles bienes de lujo a nombre de sociedades. En realidad, los activos se ceden gratuitamente o por un precio (carácter oneroso) a propietarios, socios o partícipes de la empresa o personas vinculadas, que los emplean para su uso y disfrute personal y no para la actividad empresarial.

Entre las actuaciones inspectoras de la Agència Tributària de Catalunya (ATC), en colaboración con la agencia estatal (AEAT), se ha incluido la búsqueda de ese tipo de activos, junto con las deslocalizaciones a Madrid, donde no se paga el impuesto de patrimonio. Aún así, los traslados de domicilio por este motivo son bajos, con apenas 63 casos, el 0,11% de los declarantes de patrimonio, según los datos de la hacienda catalana. Benet Salellas, de la CUP, ha admitido también la "función censal" del gravamen y de lucha contra el fraude fiscal.

La baja recaudación prevista es uno de los elementos que Ciudadanos o el PP han utilizado para criticar la iniciativa y rechazar apoyarla. El PSC ha reprochado a la mayoría de JxSí y la CUP que no le aceptaran enmiendas y ha optado finalmente por la abstención. Inclusive el portavoz de CSQP, Joan Coscubiela, cuyo grupo ha aprobado la norma aunque no la comparte completamente, ha advertido del riesgo de que el impuesto incumpla la ley de financiación autonómica (LOFCA) al incurrir en doble tributación, al gravar doblemente un mismo hecho imponible que ya tributa por otros gravámenes.

DEL 0,21% AL 2,75%

El gravamen, creado para satisfacer la exigencia por parte de la CUP de un impuesto sobre las grandes fortunas, partirá de un tipo del 0,210% y un máximo del 2,75% a partir de 10.695.996,06 euros, la misma escala que el impuesto de patrimonio. Al final se han eliminado los mínimos exentos de 100.000 euros y 500.000 cuando hay bienes inmuebles, previstos gracias a una enmienda trasanccional de JxSí, la CUP y CSQP. Los 'cupaires' eran partidarios de una figura como la que se puso en marcha en Guipúzcoa por parte de Bildu, los socialistas y Aralar, y luego descafeinada por el PNV.  

La exposición de motivos de la norma reconoce que el objetivo del tributo es "desincentivar las posibles estrategias de elusión fiscal, mejorar la eficiencia de estos activos de contenido económico y contribuir, en parte, a una cierta redistribución". En cualquier caso, se trata de que "no salgan gratis" las medidas de elusión de quienes colocan en sociedades bienes de uso privativo, no empresarial ni productivo. Este año, el nuevo impuesto se computará el 30 de junio y el resto de ejercicios, el 1 de enero.

DE VEHÍCULOS A JOYAS

Además de bienes inmuebles con los que se simulan actividades económicas y en realidad se emplean para uso privativo, el gravamen incluye vehículos de motor con una potencia igual o superior a  200 caballos (CV), embarcaciones de ocioaeronavesobjetos de arteantigüedades joyas. También se ha incluido en el texto definitivo de la ley una enmienda de CSQP que incluye todo tipo de embarcaciones de ocio, no solo las que tienen más de ocho metros de eslora como se preveía inicialmente en el proyecto de JxSí y la CUP.   

La norma se ha tramitado a través de una proposición de ley específica de JxSí y la CUP, al margen de la de Presupuestos y la de acompañamiento que ha incluido otras figuras como la dirigida a las bebidas azucaradas, cuya entrada en vigor se retrasó hasta el 1 de mayo  bebidas azucaradas, a través de un decreto del Govern convalidado por el Parlament; o la reforma de la que recae en las grandes establecimientos comerciales para transformarlo en un tributo medioambiental o la que grava las emisiones de los vehículos.