Nuevo advertencia de Europa contra las cláusulas suelo hipotecarias
El abogado del TJUE dice que los jueces pueden revisar requisitos abusivos incluso tras una ejecución hipotecaria
Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) propuso hoy a la Corte de Luxemburgo que declare que la existencia de un primer control de oficio sobre una o varias cláusulas suelo no puede limitar la obligación del juez nacional de examinar las demás en una fase posterior, incluida la ejecución hipotecaria.
El abogado general responde a una pregunta prejudicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santander sobre un caso que enfrenta a un particular con el Banco Primus.
El propietario de una vivienda sujeto a ejecución hipotecaria recurrió la decisión alegando el carácter abusivo de la cláusula del contrato de préstamo relativa a los intereses de demora.
Esa cláusula ya fue objeto de un control de oficio por parte del juez, que redujo los intereses a cero. El Juzgado de Santander suspendió la ejecución hipotecaria y, al examinar la oposición presentada por el propietario de la vivienda, detectó que algunas cláusulas del contrato distintas podían ser consideradas abusivas, como las relativas al vencimiento anticipado y a los intereses ordinarios.
La oposición no se formuló hasta, aproximadamente, un año después de que expirara el plazo fijado por la Ley, que parece así oponerse a que el juez examine en este caso esas cláusulas del contrato de préstamo que podrían considerarse abusivas.
PRÉSTAMOS DEL BBVA
El abogado general recuerda al juez que el Tribunal de Justicia de la UE ya examinó una cuestión similar en su sentencia sobre el BBVA, al declarar que la disposición que imponía el plazo de un mes era contraria al Derecho de la UE por no haberse notificado personalmente a los interesados la fecha de expiración de ese plazo.
A raíz de la sentencia Aziz, España modificó la ley, lo que permite al juez de la ejecución apreciar de oficio, en cualquier momento del procedimiento, el carácter abusivo de las cláusulas contractuales y añadir un nuevo motivo de oposición.
El abogado general recuerda que la facultad reconocida por el Tribunal de Justicia al juez de examinar de oficio el carácter abusivo de una cláusula ha pasado a ser una obligación.
Afirma que el hecho de que el juez nacional no haya controlado una cláusula contractual en una determinada fase del procedimiento no le impide controlar otras cláusulas en una fase posterior del procedimiento.
Por lo tanto, propone al Tribunal de Justicia que, en su futura sentencia, declare que la existencia de un primer control de oficio respecto a una o varias cláusulas contractuales no puede limitar la obligación del juez nacional de examinar de oficio el carácter abusivo de las demás cláusulas del contrato en una fase posterior del procedimiento.
- Hacienda te devuelve 300 euros si tienes un hijo menor de 25 años y 900 si tienes dos: así tienes que ponerlo en la declaración de la renta
- Adiós a los cajones de la cocina: la solución con perchas que puedes colocar en cualquier parte
- Tiempo de Catalunya, hoy, viernes 26 de abril: empieza un esperanzador episodio de lluvias
- El CEO publica la primera encuesta de la campaña de las elecciones en Catalunya
- Precintan un local de Castelldefels por incumplir la normativa de seguridad, salubridad e higiene
- Pedro Sánchez, en directo hoy: las últimas noticias tras la carta del presidente sobre su posible dimisión y reacciones
- ¿Cuánto dinero ganará Rosa Peral tras ganar la batalla a Netflix?
- Buenas noticias para los jubilados: la paga extra de verano viene con sorpresa