El hundimiento de una empresa catalana

Condenada la cúpula de Spanair por la quiebra de la aerolínea

Ferran Soriano, en la presentación del logotipo de la compañía, en el 2009.

Ferran Soriano, en la presentación del logotipo de la compañía, en el 2009.

OLGA GRAU / JESÚS G. ALBALAT
BARCELONA

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El Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona ha declarado culpable el concurso de acreedores de Spanair y ha condenado a toda la cúpula de la aerolínea, encabezada por el exvicepresidente del Barça Ferran Soriano, a pagar 10.801.716,85 euros y a dos años de inhabilitación para cualquier cargo de administración de bienes ajenos. Esta condena no impide ejercer de directivo de una empresa, aunque sí desarrollar el cargo de consejero delegado (responsabilidad que obliga a estar en el consejo) o formar parte de consejos de administración. La inhabilitación solo atañe a las actividades realizadas en España, por lo que no afectaría a las de Ferran Soriano como directivo actual del Manchester City.

El juez Juan Manuel de Castro ha condenado a todos los miembros del consejo de administración de la aerolínea catalana: los ex directivos Michael Balint y Benny Zakrison, Fira de Barcelona, la Empresa de Promoció i Localització Industrial de Catalunya (Avançsa, propiedad de la Generalitat), Inversions Turístiques Comercials (Turisme de Barcelona), Miquel Martí (Moventia), Josep Mateu (RACC), Jordi Bagó (Grup Sehrs) y Josep Maria Benet (Mediapro).

Turisme de Barcelona estaba representado en el consejo por Joan Gaspart (propietario de Husa, también en concurso) mientras que la Fira de Barcelona lo estaba por su director general, Agustí Cordón. La sentencia considera culpables en estos dos casos, y también en el de Avançsa, a las personas jurídicas, no a las físicas. En una nota, el exconsejo de la aerolínea anunció que recurrirá la sentencia ante la Audiencia de Barcelona.

FUNDAMENTOS / Spanair presentó concurso de acreedores, la antigua suspensión de pagos, el 30 de enero del 2012 con una deuda reconocida de 508 millones de euros y unos activos valorados en 53 millones de euros. La fiscalía, representada por Raquel Amado, acusó al consejo de administración de la empresa de negligencia por retrasar la presentación del concurso a sabiendas de que la empresa se encontraba en situación de insolvencia grave mucho antes de la quiebra.

Concretamente, la fiscalía fijó este retraso en cinco meses y solicitó por ello el pago de 47 millones de euros para compensar el agravamiento de la deuda, así como la inhabilitación de todo el consejo de administración.

El juez De Castro considera en su sentencia que el retraso no fue de cinco meses, sino de un mes, y lo sitúa entre el 31 de diciembre del 2011 y el 30 de enero del 2012. Es este periodo, según el juez, en el que «se manifiestan dudas e incertidumbres graves por parte de Qatar Airways, momento en el que se ponen en cuestión por parte de Bruselas los fondos aportados por la Generalitat de Catalunya». El 31 de diciembre del 2011 venció el acuerdo de confidencialidad y exclusividad con Qatar y apareció en escena la aerolínea HNA, que tampoco entró en el capital de Spanair.

A pesar de que en ese momento la Generalitat inyectó todavía 10 millones (4 de enero del 2011), ese dinero, según el juez, sirvió «únicamente para mantener al día las nóminas de los trabajadores y poder pagar las cuotas de los leasings de los aviones y el combustible de los mismos». El fallo añade: «Es en este momento cuando los administradores deciden huir hacia adelante y la compañía continúa vendiendo billetes a los usuarios, aun a sabiendas de que la posibilidad de solicitar el concurso es cierta y muy probable, agravando a partir de ese momento la insolvencia de Spanair».

DÉFICIT / La sentencia impone la inhabilitación mínima en el caso de un concurso culpable, ya que esta puede oscilar entre los dos años y los 15 años sin administrar bienes ajenos. En cuanto al pago de los 10 millones, los directivos contaban con una póliza de seguro de responsabilidad de los administradores. Como se prevé que después de la Audiencia de Barcelona pueda llegar hasta el Tribunal Supremo, este proceso podría alargarse entre un año y 15 meses, según fuentes jurídicas.