EL FALLO DA LA RAZÓN A LA OCU
La Audiencia de BCN ratifica la condena de 40 millones a Endesa y Red Eléctrica por el apagón del 2007
Las eléctricas deberán pagar cantidades que van de los 122 a los 300 euros por usuario
La Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado la sentencia que condena a Fecsa-Endesa y Red Eléctrica de España (REE) a pagar indemnizaciones por un valor total que supera los 40 millones de euros por el apagón de la capital catalana y localidades del entorno que afectó a más de 320.000 usuarios el 23 de julio del 2007.
El fallo llega tras el recurso a la sentencia del juzgado de primera instancia número 22 de Barcelona de julio del 2009, que condenó a las eléctricas Endesa y REE a pagar entre 122 y 300 euros por abonado afectado por el apagón, tras una denuncia de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
La sentencia daba la razón a la OCU y condenaba a ambas eléctricas a indemnizar a los afectados con las siguiente cantidades: 122 euros por hasta 11 horas sin suministro; 186 euros por estar sin luz entre 11 horas y 24 horas; 219 euros por no tener luz entre un día y hasta 36 horas; y 300 euros para las usuarios con más de 36 horas de interrupción.
Descuento del 10% de la factura
La OCU pedía una indemnización mínima de 300 euros para cada usuario por día sin suministro, aunque no justificó este cálculo. Endesa ofreció y pagó en el 2008 cantidades menores, de entre 60 y 300 euros, basándose en la media de personas que viven en un piso y el coste de dietas como el desayuno, el almuerzo y la cena. El juzgado confirmó estos cálculos, que ya habían sido pactados con la Generalitat.
Los usuarios afectados también tienen derecho a que les descuenten un 10% de la factura anual del 2007, aunque la mayoría ya fueron beneficiados por esta iniciativa.
Los abonados que quieran cobrar las compensaciones dictaminadas por el juez y no lo hicieron en su momento deberán demostrar que eran clientes de Endesa el día del apagón.
Los que quieran cobrar más al considerar que sufrieron daños mayores, tendrán que reclamar directamente a las compañías o a los juzgados justificando el coste de los daños sufridos.
La OCU entendía que se produjo "un incumplimiento de la obligación contractual de Endesa de garantizar el suministro", y de la obligación legal de la propia Endesa y de REE en cuanto al mantenimiento de sus instalaciones.
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