Tráfico
La norma de la DGT que muy pocos conocen con la que podrás ir más rápido
En algunos tramos de la calzada podrás aumentar la velocidad gracias a esta excepción

9be9efe5 3c41 40e6 8579 9331526e4f8f 16 9 discover aspect ratio default 0
La lucha entre la DGT y los conductores por las normas de velocidad es una de las batallas más comunes porque nunca se consigue alcanzar un acuerdo. Para unos, los límites fijados actualmente son muy lentos y están atrasados; para otros, son los correctos. Sin embargo, hay un grupo de vehículos que pueden ir más rápido de la velocidad impuesta por la jefatura de tráfico.
Estas personas pueden beneficiarse de una ventaja exclusiva siempre que se cumpla esta condición indispensable. En el resto de ocasiones no podrán superar su velocidad máxima permitida. La DGT tomó esta medida para proteger a los conductores y ayudarles en la carretera. También de esta manera se evitan accidentes graves porque al ir a menor velocidad, el daño se reduce.
La norma especial para los ciclistas
Las bicicletas tienen permitido circular por encima de los límites de velocidad permitidos según estipula el artículo 48 del RGC. Este dice que fuera de poblado, los ciclistas deberán ir a una velocidad máxima de 45 km/h, pero podrán aumentarla si las condiciones del trazado trazado sean las adecuadas para hacerlo. Según la DGT, "los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior".
La #velocidad máxima fuera de poblado para #bicicletas es 45 km/h.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) August 1, 2023
No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior. (Art. 48 #RGC)🚴 pic.twitter.com/pDSH6OZbUB
En vías urbanas todo cambia, y los que van sobre las dos ruedas deben respetar otros límites de velocidad. Por la ciudad, los límites genéricos se aplican en función de la vía y no del vehículo. Tanto para bicis normales como para las eléctricas, estas son las máximas velocidades permitidas:
20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
Las multas que te pueden poner por no respetarlos son las mismas que en los coches y está en un rango entre los 100 € y los 300 € dependiendo de cuántos kilómetros hora se exceda. Sin embargo, en este caso no conlleva sanción de puntos en el carnet de conducir.
- Barrio de la Geltrú Centenares de identificados y una quincena de denunciados tras un operativo policial en Vilanova
- Normativa de consumo Entonces, ¿tengo o no derecho a subir una maleta de mano gratis al avión?
- Vivienda Buenas noticias para los que pagan un piso de alquiler
- 'El día del canguro' Entrada gratis al Zoo de Barcelona para quien cuide a nietos, ahijados o sobrinos los dos días sin cole antes Navidad
- Pensionistas Cambios en la jubilación: a partir de 2024 llegan estas novedades
- Estafa Alerta de los Mossos: no piques con el 'timo del falso hijo' | Vídeo
- Consejos prácticos El truco de la abuela: el sorprendente uso de tres dientes de ajo
- Baloncesto Los triples de Musa y un Tavares determinante derriban al Olympiacos
- "Para bien o para mal" Lista | Los nueve candidatos a 'Persona del Año' de la revista 'Time'
- Ciencia Científicos mapean la composición química de la superficie lunar con alta precisión