Sanciones

¿Qué normas de circulación deben cumplir los patinetes eléctricos? Esto dice la DGT

Cada ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP (entre ellos, los patinetes eléctricos), pero todos los usuarios deben cumplir unas condiciones mínimas que marca la DGT

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Los patinetes eléctricos vendidos a partir de hoy necesitarán un certificado para poder circular

Los patinetes eléctricos vendidos a partir de hoy necesitarán un certificado para poder circular / EPC

Carla Torres

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Los vehículos de movilidad personal (VMP), tal y como establece el Reglamento General de Vehículos (RGV), son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. En este grupo de vehículos destaca por su popularidad del patinete eléctrico.

La norma dice que solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado, y se excluye de esta deficinición a los vehículos para personas con movilidad reducida.

Aunque cada municipio puede adoptar ciertas normas para regular la circulación de los patinetes eléctricos -y todos los VMP-, hay unas normas inalterables que dicta el RGV y que no pueden incumplirse.

En ese sentido, la DGT ha elaborado Manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.

De hecho, a partir de este lunes 22 de enero todos los patinetes que se vendan tendrán que tener un certificado y cumplir una serie de requisitos. El fin de la nueva norma es garantizar la seguridad vial, la protección del conductor y que los vehículos de movilidad personal (VMP) cumplen unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles.

Estas son las normas que marca la DGT

  • No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
  • Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
  • Los conductores no pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

Hasta 1.000 euros de sanción

Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 euros en función de la tasa de alcohol o de 1.000 euros si se trata de drogas. En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.

Además, la DGT apunta que por usar el teléfono móvil mientras se conduce un patinete o cualquier otro dispositivo de comunicación, la multa será de 200 euros.

Para quienes lleven auriculares, conduzcan durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes, o si no se lleva casco, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria, la multa será de 200 euros.