Violación de la privacidad
Nuevo golpe a Meta: la UE le prohíbe rastrear datos personales de los usuarios y usarlos para publicidad
Abuso de poder, salud mental y genocidio: el alud de denuncias que asfixia a Meta
Carles Planas Bou
Periodista
Periodista tecnológico entre el mundo digital y la política internacional. Centrado en capitalismo de plataformas, IA, vigilancia y derechos digitales. Excorresponsal en Berlín durante más de cuatro años, cubrió los gobiernos de Merkel, la crisis de los refugiados y el auge de la extrema derecha. También ha trabajado en Europa Central y en Canadá. Graduado en Periodismo por la URL y máster en Relaciones Internacionales por la UAB. Ha colaborado con TV3, TVE, Deutsche Welle, Catalunya Ràdio, El Orden Mundial o El Salto.
Carles Planas Bou
La pugna entre la Unión Europea (UE) y Meta sigue recrudeciéndose. Este jueves, el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) reiteró su decisión vinculante y de urgencia que prohíbe a Facebook e Instagram rastrear la actividad de sus usuarios dentro de ambas plataformas y usar esa información personal con fines publicitarios.
Ya en diciembre de 2022, el organismo europeo, la mayor autoridad del continente en materia de regulación y protección de datos, advirtió que el gigante tecnológico estadounidense no tenía una "base jurídica adecuada" para explotar los datos de sus usuarios para vender publicidad comportamental, la que permite a las empresas personalizar los anuncios en base a los gustos que definen a esas personas y a información como sexo, edad o lugar de residencia.
En su comunicado, el CEPD concluye que el gigante de las redes sociales ha violado de forma continuada el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la principal ley de privacidad de la UE. En enero interpuso una multa de 390 millones y exigió a Meta obtener el consentimiento claro de los usuarios para lucrarse con sus datos. Ahora, el organismo lamenta que la compañía no haya cumplido con las decisiones de las autoridades.
Su reiterada decisión llega después que el regulador en Noruega dictaminase una prohibición temporal de tres meses a Meta. La compañía capitaneada por Mark Zuckerberg no cumplió y fue obligada a pagar una multa de casi 89.000 euros por cada día que no acataba con la decisión de la autoridad competente.
A principios de noviembre, el CEPD ya anunció la prohibición de este método de rastreo ilícito de Facebook e Instagram en los 27 países que integran la UE y en otros tres del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein). La restricción afectará a unos 250 millones de usuarios que Meta tiene en el continente, uno de sus principales mercados mundiales.
Pagar por tus derechos
Ante la presión de Bruselas, Meta optó por una estrategia controvertida: lanzar un plan de suscripción de pago a sus dos principales plataformas. Así, los usuarios que no quieran que su privacidad sea explotada con fines publicitarios tienen pagar 12,99 euros al mes (o más de 250 euros al año) para poder utilizar Facebook e Instagram. Los usuarios pueden elegir seguir accediendo a ambas aplicaciones de forma gratuita, pero en ese caso Meta sí rastreará y utilizará comercialmente sus datos.
Esa decisión ya ha sido recurrida ante los tribunales por el reconocido grupo de activistas y abogados del Centro Europeo de Derechos Digitales, que a finales del mes pasado demandó al gigante tecnológico y le acusó de "burlar las leyes de privacidad" de la UE. La mayor asociación de consumidores de Europa también ha demandado a Meta por "utilizar prácticas desleales, engañosas y agresivas (...) para obligar a los consumidores a tomar una decisión rápidamente y proporcionar información engañosa e incompleta en el proceso".
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