Tribunales

La fiscalía pide 12 años de inhabilitación para el exalcalde de Aiguafreda Joan Vila por archivar multas de forma arbitraria

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona. / DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS - Archivo

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La Fiscalía solicita 12 años de inhabilitación para el exalcalde de Aiguafreda (Barcelona) Joan Vila, y para otro concejal de su gobierno por presuntamente haber archivado multas de tráfico de forma arbitraria.

En la segunda sesión del juicio, que comenzó el pasado diciembre, la Fiscalía ha elevado a definitivas las conclusiones provisionales, y pide para Vila y para otro concejal más del consistorio una pena de 12 de años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación administrativa.

Segundo mandato

Joan Vila fue alcalde de Aiguafreda por la extinta Convergència i Unió (CiU) entre los años 1999 y 2007, y entre 2011 y 2019, y los hechos enjuiciados sucedieron presuntamente en su segundo periodo al frente del ayuntamiento.

Según el escrito de acusación de la fiscalía, en 2011, el ayuntamiento, tras la toma de posesión del nuevo equipo de gobierno, cambió el sistema para imponer multas, que hasta ese momento era electrónico y utilizaba una PDA.

El ministerio público defiende que, "de forma no justificada", el nuevo gobierno municipal liderado por Vila sustituyó el sistema electrónico por uno en papel, que obligaba a un agente a introducir luego la falta en el ordenador para remitirla a la Diputación de Barcelona.

Arbitrariedad

"En lugar de introducirlas en el sistema, las hojas de denuncia eran entregadas por los agentes al regidor de Gobernación, quien, de común acuerdo con el alcalde", según el fiscal, decidían cuáles habían de ser tramitadas y cuáles archivadas.

La selección de las multas -defiende el escrito del fiscal- se hacía "sin ningún tipo de procedimiento, ni propuesta del órgano instructor, ni fase de alegaciones, sin acto alguno del órgano competente o resolución expresa de finalización del procedimiento".