Publicación del BOE

Ocho autonomías pueden abrir sus discotecas desde hoy frente al enfado de las demás

Galicia, Cantabria, Navarra, Extremadura, Comunitat Valenciana, Murcia, Baleares y Canarias abrirán el ocio nocturno hasta las 2, ampliable a las 3

Madrid, aún en riesgo epidemiológico, defiende estar en descenso de contagios e ingresos y estudia jurídicamente la orden de Sanidad

La discoteca Sutton, cerrada.

La discoteca Sutton, cerrada. / David Oller / Europa Press

Beatriz Pérez

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente al covid-19. Este acuerdo fue aprobado en la sesión del pasado miércoles del Consejo Interterritorial, pero los votos en contra de los gobiernos autonómicos de la Comunidad de Madrid, País Vasco, Catalunya, Galicia, Andalucía y Murcia. Algunas autonomías han amenazado con recurrir estas medidas que son de obligado cumplimiento y otras han acusado al Ministerio de Sanidad de "invadir competencias".

La publicación del BOE de hoy señala que la apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar cuando la situación epidemiológica de la unidad territorial de referencia para el control del covid-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1 de acuerdo al documento 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid-19'.

De esta forma, a partir de hoy mismo, el ocio nocturno podrá reabrir hasta las 2, ampliable a las 3, en las comunidades que estén fuera del nivel riesgo o en el nivel de alerta 1, que hoy por hoy son Galicia, Cantabria, Navarra, Extremadura, Comunitat Valenciana, Murcia, Baleares y Canarias. El resto, salvo Euskadi y La Rioja, que están en el 3, se sitúan en el nivel 2 de alerta.

El portavoz del PP en la Asamblea de Madrid, Alfonso Serrano, ha criticado este sábado que, "una vez más, se demuestra que el Gobierno de España va un poco sin cabeza" y que ahora que ya se está "recuperando la normalidad" llega el Gobierno con un semáforo nuevo que viene a repetir lo que hacen las comunidades autónomas y a "trastocar" sus planes. También ha recordado que este viernes el Gobierno "dio marcha atrás y sacó a la Comunidad de Madrid del semáforo de esa zona de riesgo". Madrid estaba hasta entonces en el nivel de alerta 3 y, ahora, en el 2.

Por su parte, el viceconsejero de Asistencia Sanitaria, Juan José González Armengol, ha dicho que Madrid está en descenso llamativo de contagios e ingresos. También ha señalado que, por eso, actualmente habría la posibilidad de reabrir el ocio nocturno y que Madrid lo está valorando la orden de Sanidad desde el punto de vista jurídico y "a partir de ahí" analizará si va a reabrir el ocio nocturno.

Por su parte Galicia realizará, el 12 de junio, una prueba piloto en el ocio nocturno en varias ciudades del territorio, similar a la que se celebró hace unas semanas en Sitges (Garraf).

Medidas en las discotecas

En los locales de ocio nocturno como discotecas, el consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

Además, no se podrá superar el 50% de aforo máximo en el interior del local. Las terrazas al aire libre de estos establecimientos podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre mesas antes mencionada y las mesas tendrán un límite de seis personas en interior y de 10 personas en exterior. El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 02.00 horas, pudiendo ampliarse hasta las 03.00 horas.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando la unidad territorial de referencia para el control del covid-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté en nivel de alerta 2, siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimación del nivel de alerta presenten una evolución favorable, la comunidad autónoma podrá valorar si autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el documento de actuaciones de respuesta coordinada.

Hostelería y terrazas

En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, la publicación refleja que en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido será de 50% en interior, pudiéndose incrementar en un 10% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.

En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

Asimismo, se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada. Las mesas tendrán un límite de seis personas en interior y de 10 en exterior. En los niveles de alerta 1 a 4 se seguirá lo establecido en el documento de actuaciones de respuesta coordinada.

El documento publicado este sábado en el BOE resalta que el horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a la 01.00 horas y se dejará de servir a las 24.00 horas.

Eventos

En cuanto a los eventos y actividades multitudinarias no ordinarias, el texto establece que se aplicarán las medidas de control de riesgos de transmisión del SARS-CoV-2 propuestas en el documento de 'Actuaciones de Respuesta Coordinada para el controlde la transmisión de covid-19' a todos los eventos multitudinarios que cumplan la definición incluida en dicho documento.

Por otro lado, el documento apunta que no se permite fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

Igualmente, no se permitirá fumar, consumir otros productos del tabaco, ni consumir cigarrillos electrónicos en el área destinada al público de los eventos y actividades multitudinarias no ordinarias al aire libre.

Suscríbete para seguir leyendo