En Lugones

Un tribunal no ve ensañamiento en un asesinato con 35 navajazos

El TSJA reduce de 25 a 21 años la condena impuesta a Ana María García, que adujo además que no tenía una relación de pareja con la víctima

Ana María García, cuando fue detenida.

Ana María García, cuando fue detenida. / LA NUEVA ESPAÑA

Luis Ángel Vega

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La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso presentado por la representación legal de Ana María García, la mujer que mató a su novio de 35 puñaladas en un piso de Lugones el 17 de julio de 2018. El tribunal elimina la circunstancia agravante de ensañamiento y le condena ahora a 21 años de prisión, reduciendo en cuatro años la pena de 25 que le impuso la sección tercera de la Audiencia en diciembre del año pasado. 

Para la Sala Civil y Penal los hechos probados en la sentencia de instancia no perfilan con el rigor descriptivo necesario los elementos característicos de la agravante de ensañamiento, y encuentra en ese punto el veredicto de los miembros del jurado contradictorio para que tenga la racionalidad necesaria que permita despejar cualquier duda respecto al mismo y, por tanto, que desvirtúe la presunción de inocencia de la acusada para ese punto.

Además, la Sala recuerda, apoyándose en numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo, que un número determinado, en este caso de puñaladas, no determina por si solo el ensañamiento, sino que se necesita la concurrencia de los elementos objetivos y subjetivos que lo conformen. La sentencia no es fime y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

La vista del recurso de apelación se celebró la semana pasada en el TSJA. El letrado de la acusada, José Luis Álvarez, adujo que no estaba probado el ensañamiento y que la víctima no había sufrido, debido a que se encontraba en coma etílico. Además, argumentó que pudo matar a consecuencia de la primera puñalada. También solicitaba una reducción de la condena al considerar que no existía la agravante de parentesco. Ana María García siempre adujo que la víctima, Miguel Ángel Suárez Menéndez, no era su pareja, sino un compañero de borracheras. Y abundó en una de las tesis que defendió en el juicio, que la acusada sufrió un brote psicótico.

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