11 ESCUELAS AFECTADAS

El Govern retira el concierto a los colegios que segregan por sexo

El departamento de Educació les concede un año de prórroga, según publica el DOGC

Fachada de la escuela Canigó, en Barcelona

Fachada de la escuela Canigó, en Barcelona / periodico

Europa Press

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La Conselleria de Educación de la Generalitat ha denegado la renovación del concierto a 11 escuelas catalanas que diferencian por sexo, pero les ha concedido un año de prórroga, según recoge la resolución para la renovación provisional de los conciertos educativos de Primaria, publicada este viernes en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC). El Govern argumenta que los colegios afectados "no cumplen el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que ha de ser objeto de atención preferente".

Los centros educativos de Catalunya que quedan excluidos del concierto educativo, la mayoría pertenecientes a instituciones religiosas de carácter conservador, son los colegios Canigó de Barcelona, Bell-lloc del Pla de Girona, Les Alzines de Girona, Pineda de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), Xaloc de L'Hospitalet de Llobregat, Institució Lleida, Campjoliu de L'Arboç (Tarragona), Institució Tarragona de Reus (Tarragona), La Vall de Sabadell (Barcelona), La Farga de Sant Cugat y Viaró de Sant Cugat (Barcelona).

Prórroga de un año

En las escuelas que segregan por sexo, con el fin de asegurar la coeducación en todo el Servicio de Educación de Catalunya --que incluye la escuela pública y concertada--, el Govern no renueva los conciertos de estos centros.

Pero, para garantizar la escolaridad gratuita de este alumnado, ha concedido una prórroga de un año en el concierto de Primaria, que este curso acaba, "especialmente teniendo en cuenta que el estado de alarma ha significado la interrupción o retraso de procesos informativos y administrativos". Las mismas fuentes han señalado que "así, si estas familias quieren escolarizar a sus hijos de forma gratuita, sabrán que es el último curso donde podrán hacerlo en estos centros".

Las leyes aplicadas 

Para retirar el concierto a los centros que segregan por sexo, Educación aplica el artículo 43.1.d de la Ley de Educación de Catalunya (LEC). Según este artículo, los centros que presten el Servicio de Educación de Catalunya deben cumplir el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que ha de ser objeto de atención preferente, señala la resolución.

El departamento de Educación también apela al artículo 84.3 de la Ley orgánica 2/2006 de Educación (LOE), que en su párrafo tercero dispone que los centros que segregan por sexo deben exponer en su proyecto las razones educativas de la elección de este sistema y las medidas académicas que desarrollar para favorecer la igualdad.

También señala que la Ley Orgánica de Educación (LOE) dispone que no constituye discriminación la admisión de los alumnos y las alumnas o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle de conformidad con lo que dispone la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza de la Unesco.

Uno de sus artículos, señala la Generalitat, dispone que en ningún caso la elección de la educación diferenciada por sexos puede implicar para las familias, los alumnos y las alumnas y los centros correspondientes "un trato menos favorable ni una desventaja a la hora de suscribir conciertos con las administraciones educativas o en cualquier otro aspecto", y los centros deben exponer en su proyecto educativo las razones educativas de la elección del sistema así como las medidas académicas que desarrollan para favorecer la igualdad.

Proyecto educativo

Según consta en la resolución del DOGC, el pasado 3 de marzo Educación requirió a los colegios afectados con la retirada del concierto que en el plazo de 10 días presentasen su proyecto educativo de centro y alegaran las razones pedagógicas en que fundamentan la elección del modelo de educación diferenciada por sexos.

Con la entrada en vigor del estado de alarma el pasado 14 de marzo, los plazos administrativos quedaron suspendidos antes de la finalización del plazo de los 10 días para aportar la documentación solicitada, admite la resolución.

Por ello, Educación concluye que dado que "no se ha podido acreditar el cumplimiento de las razones educativas de la elección de un modelo de escolarización diferenciada por sexos, ni la adopción de medidas académicas necesarias para garantizar que esta organización diferenciada no constituya un impedimento a la igualdad, no se puede aprobar la renovación del concierto".

Cambios en los privados concertados

La resolución también publica la aprobación provisional de la modificación de los conciertos educativos de los centros privados concertados para las enseñanzas postobligatorias de bachillerato y ciclos formativos de grado medio y de grado superior.

En función de los datos del actual periodo de preinscripción, antes de que se inicie la matriculación del próximo curso 2020-21, Educación emitirá la resolución definitiva de renovación, modificación y prórroga de los conciertos educativos, que se publicará en el DOGC.

Fuentes del sector educativo han señalado que es probable que los centros educativos que, según esta resolución, pierden el concierto presenten un recurso contra esta decisión del departamento que dirige el conseller Josep Bargalló.