El TC suspende cautelarmente la ley de herencia y vida digital catalanas

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno central presentó contra la ley de Voluntades Digitales catalana, que regula la herencia digital de las personas, además del control de la vida en la red de los menores de edad por sus padres o tutores.

La ley contempla, por un lado, permitir que las personas puedan manifestar sus últimas voluntades digitales, incorporándolas a un nuevo registro creado para que un administrador gestione su presencia en la red tras su muerte.

Y, por otro, regula la actuación de los padres y tutores en defensa de los derechos de los menores en las redes sociales, para que puedan gestionar su perfil digital.

El Gobierno considera que esa norma (junto a las modificaciones que se aprobaron al mismo tiempo en el Código Civil de Cataluña) es inconstitucional.

El Tribunal, al admitir a trámite su recurso, ha acordado también la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, lo que no prejuzga cuál será su fallo sobre si son o no constitucionales, sino que los deja sin efecto provisionalmente.

El Constitucional dará traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno de Cataluña y al Parlamento de Cataluña, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.