SENTENCIA POR UNA AGRESIÓN EN SANT ADRIÀ DEL BESOS
10 años de cárcel para un excampeon de boxeo por dar una paliza a un ciclista
El Tribunal Supremo rechaza el recurso del acusado y confirma la pena impuesta
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. ALBALAT / BARCELONA
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso planteado por Iván Huguet Barquero, que fue campeón de Cataluña de boxeo aficionado en 2011, contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que le condenó a 10 años de cárcel por propinar una paliza a otro joven con el que se cruzó por la calle y al que dejó en coma.
Los magistrados del alto tribunal mantiene, por lo tanto, la pena por asesinato en grado de tentativa, obstrucción a la justicia y quebrantamiento de medidas cautelares y rechazan los argumentos que exponía el condenado, que niega ser el autor de la paliza, al considerar que hubo prueba de cargo válida y suficiente contra él.
Los hechos probados de la sentencia ya firme señalan que Iván Huguet, de 18 años de edad y sin antecedentes penales, el día 11 de febrero de 2014, sobre las 20:30 horas, a la altura de la calle 11 de Setembre en su confluencia con el número 6 de la calle de Santa Caterina de Sant Adrià de Besós, se cruzó accidentalmente, con Luis H.L., de 19 años, que montaba en bicicleta.
Tras iniciar una breve discusión por causas desconocidas, el acusado "con absoluto desprecio hacia la integridad física de Luis, le propinó un puñetazo que dejó a este inconsciente en el suelo junto con la bicicleta, que quedó sujeta entre sus piernas".
PUÑETAZOS Y PATADAS
Según la sentencia, el acusado a continuación se agachó y le propinó varios puñetazos más en la cara, "y con intención entonces de acabar con la vida de la víctima, o siendo consciente del riesgo que ello implicaba para su vida, con nula posibilidad de defensa eficaz por parte de Luis H., le pateó la cabeza de su inmóvil cuerpo en varias ocasiones con el empeine y la aplastó con la planta del pie contra el suelo".
Al oír gritos de personas que desde distintos puntos recriminaban su actitud y se acercaban, el condenado se alejó del lugar.La víctima sufrió fractura craneal y hemorragia intracraneal, así como varias fracturas, entre ellas nasal.
ENTRENO DIARIO
Los jueces dejan constancia en su sentencia que el acusado en la fecha de los hechos practicaba boxeo, y en especial la modalidad de 'kick boxing', y que había sido campeón de Cataluña de boxeo aficionado en el año 2011 y que se entrenaba todos los días en un gimnasio.
Aunque el juez dejó en libertad condicional al agresor, que fue arrestado en mayo de 2014 al regresar de un viaje a Nueva Zelanda, le impuso una medida cautelar de alejamiento a 500 metros que el boxeador incumplió cuando el 24 de mayo de aquel mismo año se encontró a su víctima y le dijo: "si no retiras la denuncia te hago la vida imposible, voy a por ti".
El alto tribunal considera prueba de cargo que la víctima reconociera a su agresor cuando aún estaba en el hospital viendo un vídeo en youtube de un combate de kick boxing. Los magistrados argumentan que, además, el agresor incurrió "en contradicciones y ambigüedades" que restaron verosimilitud a su negación de los hechos.
Además de considerar "coherente, verosímil y persistente" el relato de la víctima, el tribunal también considera que "los informes médicos y forenses demuestran que las lesiones son de tal magnitud y gravedad que resulta plenamente verosímil que el autor fuera un experto" en boxeo.
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