Los inmigrantes analfabetos no pueden aspirar a la nacionalidad española

M. JESÚS IBÁÑEZ / J. G. ALBALAT / BARCELONA

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Posiblemente son solo una minoría, pero ahora mismo, en los términos en que ha sido aprobada, la nueva normativa para obtener la nacionalidad española, a través de un examen de conocimientos y de una prueba de lengua castellana, no prevé que una persona analfabeta pueda superar el trámite. "Existe, efectivamente, un problema gravísimo con los inmigrantes que son analfabetos. Es verdad que son pocos los que no saben leer y escribir, pero, en cambio, hay bastantes de lo que podríamos llamar analfabetos estructurales, es decir, personas cuya comprensión lectora es reducida", admite Antonio Segura, vocal de la comisión de Extranjería del Col·legi d'Advocats de Barcelona."La ley no contempla exámenes especiales para personas analfabetas o su exclusión de la obligación de examinarse si aportan documentación que acredite tal condición", subraya María Mena, abogada de la fundación Servei Solidari, que asesora a inmigrantes que aspiran a obtener la nacionalidad.

Para este segmento de la población nadie está dando de momento una solución, protestan ambos abogados. La dirección general de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia admite que se produce esta anomalía, pero se limita a hacer la constatación. Eso, pese a que el Código Civil prevé, en su artículo 22, que "la integración de una persona puede acreditarse con una prueba, una opción que con la nueva normativa no se les ofrece a estas personas", indica Mena. "Una posible solución sería entregarles manuales sobre estos nuevos exámenes obligatorios y formular las preguntas de forma más clara, con un lenguaje más directo”, sugiere Segura.

ÚLTIMOS JUEVES DE MES

Con todo, los dos letrados coinciden en que, pese a los problemas que está acarreando su implantación, el nuevo mecanismo de exámenes, que organiza el Instituto Cervantes para toda España y que se celebran el último jueves de cada mes en distintas capitales, es más equitativo y justo que el anterior sistema, en que era un juez, el titular del Registro Civil, el que decidía las preguntas que debían responder los candidatos a nacionalizarse en España. "De esta manera, se evita la discrecionalidad anterior y el sistema es más homogéneo", destaca el vocal del Col·legi d'Advocats de Barcelona.

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El <strong>nuevo real decreto de 1004/2015</strong>, que aprueba el reglamento sobre el procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 7 de noviembre, ha dado origen a otra paradoja, según Mena. Las personas que han estado esperando --en algunos casos, incluso durante dos años, asegura-- para presentar la documentación necesaria ante el Registro Civil, se encuentran ahora con que "pese a tener todos los papeles requeridos por la anterior normativa, cuando solicitaron la cita previa, ahora se les pide que hagan, además, los exámenes del Instituto Cervantes", señala la abogada de Servei Solidari, una entidad vinculada a la Escola Pia de Catalunya.

CONFUSIÓN Y CAOS

Para Segura, la situación de "confusión y cierto caos" que se vive tras la entrada en vigor del decreto, no es atribuible tanto al Registro Civil como a los nuevos exámenes obligatorios. "Mientras que en Barcelona la próxima convocatoria con plazas disponibles es en octubre del 2016, en Madrid es en enero del 2016 y en Valencia, incluso, en noviembre de este año". Por eso, agrega, "hay peticionarios de Barcelona que se han trasladado a estas ciudades para poder hacer el examen y conseguir más rápidamente la nacionalización”.

"Eso supone que algunas personas van a encontrarse con que los documentos traducidos y legalizados por sus respectivos países de origen podrían en muchos casos caducar, antes de que les toque hacer el examen", denuncia María Mena, que critica la "inseguridad jurídica que comporta no tener claro cuál será el criterio de la Administración a partir de ahora". "No está claro que, si el Registro Civil de un localidad acepta la documentación y permite que el interesado aporte más adelante la documentación que le falta, también haga lo mismo la dirección general de Registros y Notariado. ¿Dará esta por válidos esos documentos que le pueden llegar ya caducados?", cuestiona. 

"Hay registros, como el de Barcelona, donde ya no se dan citas previas, porque ya se ha llegado a la fecha del 30 de junio del 2017, que es cuando está previsto que se inicie el proceso de forma telemática", aclara el representante del colegio de abogados. Otras poblaciones están aún más colapsadas, asegura: en L'Hospitalet de Llobregat, se están dando citas para el 2020 y, en Santa Coloma de Gramenet, para el 2022.

NUEVOS CENTROS EXAMINADORES

El Instituto Cervantes confirma que, tal y como denuncian las entidades sociales y el colegio de abogados, la demora para hacer sus exámenes es actualmente de un año. "No hay plazas disponibles hasta octubre del 2016", ha informado a este diario una portavoz del organismo. De hecho, ha señalado, "en estos momentos, en la Comunidad de Madrid, donde hay siete centros examinadores, hay 1.473 candidatos, mientras que en Catalunya, que dispone de nueve puntos para realizar las pruebas, la cifra de aspirantes es de 3.830", ha precisado. El organismo, que no se explica los motivos que han desencadenado tan alta demanda, ha anunciado, eso sí, "que en breve se habilitarán tres nuevas mesas en Catalunya: dos en Barcelona, en la Universitat de Barcelona y en la Abat Oliba, y la tercera, en la Universitat Rovira i Virgili de Tarragona".