Cambios en el derecho canónico

El Papa implanta las nulidades de matrimonio exprés y gratuitas

El papa Francisco, en una audiencia en el Vaticano, el pasado día 5.

El papa Francisco, en una audiencia en el Vaticano, el pasado día 5.

ROSSEND DOMÈNECH / ROMA

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El responsable de dictar la nulidad de un matrimonio será el obispo de cada diócesis, que podrá valerse de un delegado; existirá un proceso abreviado o exprés para resolver las nulidades más evidentes; las sentencias de primer grado serán inmediatamente efectivas, aunque sean recurridas, y los costes del pleito judicial deberán ser gratuitos o mínimos, circunstancia que decidirán las conferencias episcopales. Estas son las principales novedades de unos cambios en cierta manera históricos introducidos por el papa Francisco en el derecho canónico, después de que en los últimos 300 años hayan regido siempre las mismas normas.

Los decretos papales establecen que «en cada diócesis el juez de primera instancia es el obispo diocesano», que podrá declarar directamente la nulidad de un matrimonio cuando esta «sea evidente» y «no requiera la apertura de ninguna investigación». Las partes podrán apelar al arzobispo más cercano o al tribunal vaticano de la Rota, aunque si el recurso revela un claro propósito de alargar los plazos no se celebrará el segundo grado. En los procesos breves y largos la sentencia de primera instancia será inmediatamente efectiva, porque se suprime la norma por la que la anulación debía contar con dos sentencias iguales. El obispo podrá valerse de un tribunal, del que solo el presidente deberá ser un eclesiástico. Cuando se formule una petición de nulidad, el obispo diocesano deberá decidir si se celebra un verdadero proceso o una especie de anulación exprés, en cuyo caso se resolverá en un plazo de 30 días, que podrá ampliarse en otros 15.

El «divorcio católico», como algunos han definido, simplificando, la anulación rápida, dependerá de las circunstancias. Entre ellas, «la falta de fe; la brevedad de la convivencia conyugal, un aborto provocado para impedir la procreación, el mantenimiento obstinado de una relación extraconyugal en el momento de casarse o inmediatamente después, y la ocultación de la esterilidad, de una enfermedad contagiosa grave, de hijos habidos de una relación precedente o de un arresto en prisión».

VÍCTIMAS DE VIOLENCIA FÍSICA

También podrán solicitar una anulación rápida quienes hayan sufrido «una violencia física para recabar el consenso» (para casarse) y quienes demuestren que su pareja tiene una enfermedad mental. Los demás casos irán por la vía lenta y probablemente serán los que tengan algún coste para el solicitante, ya que se deberá salvaguardar, como escribe el Papa, «la justa y digna retribución de los empleados de los tribunales».

Los cambios ofrecen una salida para millones de católicos divorciados y desactivan las controversias de los obispos de todo el mundo. Recientemente, el cardenal Gerhard Ludwig Müller, prefecto de la Congregación para Doctrina de la Fe o guardián de la ortodoxia católica, había alertado de la posibilidad de que en el Sínodo se produjera un cisma entre los defensores de la doctrina (el matrimonio indisoluble) y los partidarios de que la Iglesia esté más cerca de la realidad de las personas.