ANÁLISIS

Bosque, bienes públicos y bienes privados

Dos 'boletaires', en un bosque catalán, este mes.

Dos 'boletaires', en un bosque catalán, este mes.

Francesc Reguant

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¿Pueden ponerse impedimentos al libre acceso y recolección de setas en un bosque perteneciente a una explotación agroforestal? Probablemente la mayoría contestará que no. En Catalunya el bosque siempre ha tenido acceso libre, y se trataría pues, al parecer, de un derecho adquirido. Pero volvamos a comenzar el artículo y situémonos dos años después. ¿Pueden ponerse impedimentos al libre acceso y recolección de setas en el mismo bosque que ahora se encuentra vallado formando parte de una finca perteneciente a un profesional de altostanding, por ejemplo un futbolista internacional? Probablemente la mayoría afirmaría el derecho al uso privado de una propiedad que es a su vez privada. Se trata del mismo bosque. En el primer caso, tenemos la sensación de que al impedirnos el paso se está vulnerando un derecho colectivo. En el segundo caso, lo encontramos normal en base a un derecho privado.

Efectivamente, el acceso libre al bosque privado es una costumbre ancestral en Catalunya. Una buena costumbre que nace de una cultura rural más proclive a usos abiertos de los espacios naturales y a opciones solidarias de autoayuda frente a riesgos tales como los incendios forestales; una opción imposible en un bosque con acceso impedido. Ello no obstante, una cultura que en la actualidad es capaz de valorar de modo diferente la misma realidad según el protagonista sea agricultor o un futbolista es una cultura con tal estrabismo que debemos mandarla rápidamente al oculista.

El ejemplo del paisaje

Ni el acceso al bosque privado, ni la recolección de sus frutos (setas, arándanos, piñones, etcétera) son bienes públicos. Definimos como bienes públicos aquellos bienes económicos que tienen como característica ser no excluyentes ni rivales. Es decir, que no podemos excluir a nadie de disfrutarlos y el uso de este bien por una persona no impide que otras puedan usarlo también. Un ejemplo paradigmático es el paisaje. Dado que no podemos poner precio a disfrutar del paisaje, todas las actividades necesarias para conservarlo o mejorarlo -por ejemplo, la defensa del bosque contra incendios- deberán costearse desde el sector público vía impuestos.

El acceso al bosque y la recolección de sus frutos sí es apropiable, tal como nos demuestra el futbolista de nuestro ejemplo. Ahora bien, ¿es la mejor opción convertir el territorio en un laberinto de cercas? En mi opinión, no, pero sin estrabismo. En primer lugar, reconociendo el valor cultural de la cesión del uso público del bosque a partir de la opción de los agricultores propietarios de este. En segundo lugar, tratando este acceso como si fuese un bien público y compensando este uso en su justa medida desde las políticas de apoyo al desarrollo rural. En tercer lugar, limitando la recolección de setas u otros productos del bosque a razones lúdicas, impidiendo cualquier apropiación con finalidades comerciales.

En resumen, conservar las buenas costumbres es algo propio de las sociedades sanas, pero ello no debe impedir situar las cosas en su sitio.