Tribunal de Estrasburgo

El TEDH evita implicarse en la ley de amnistía para no "interferir" en un "proceso democrático"

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Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia).

Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia). / EFE

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado posicionarse sobre la ley de amnistía porque sería "interferir en un proceso democrático". La presidenta del tribunal, Síofra O'Leary, ha rechazado posicionarse en una rueda de prensa este jueves en Estrasburgo, a la espera de la aprobación de la ley, pero ha avanzado que el TEDH podría, si lo considera oportuno, trasladar más preguntas en España una vez la norma esté aprobada.

El TEDH hace más de un año y medio que tiene sobre la mesa la condena a los líderes del 'procés' por el 1-O, un caso que está tratando de forma prioritaria por su importancia en cuestiones de derechos humanos. Ahora está a la espera de que España conteste una serie de dudas del tribunal sobre la interpretación del Tribunal Supremo del delito de sedición y malversación y sobre los derechos de asociación y expresión. De hecho, tanto las autoridades españolas como los condenados por el 1-O han pedido "una ampliación del plazo" para responder, según ha explicado O'Leary.

El TEDH dijo el año pasado que tramitaría de forma prioritaria las demandas de los líderes independentistas al considerar que son casos de impacto porque son "extremadamente importantes". Mientras tanto, el tribunal sigue "de cerca" los cambios legislativos y las peticiones de revisión de las condenas.

Principio de subsidiariedad

Preguntada por el principio de subsidiariedad en este caso, O'Leary ha confirmado que es un "principio absolutamente esencial" a la hora de evaluarlo. En 2021 entró en vigor una reforma del Convenio Europeo de Derechos Humanos que incluye una nueva referencia al principio de subsidiariedad y a la doctrina sobre el margen de los Estados para implementar los derechos humanos.

"(Los Estados), de acuerdo con el principio de subsidiariedad, tienen la principal responsabilidad de garantizar los derechos y libertades definidos en este Convenio y en sus protocolos, y que al hacerlo disfrutan de un margen de apreciación, que está sujeto a la supervisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos", dice el texto. Bajo este principio el tribunal de Estrasburgo puede abstenerse de entrar en un caso si considera que las autoridades estatales ya están resolviendo la disputa sobre una posible vulneración de derechos humanos.

El 1-O en Estrasburgo

El TEDH tiene sobre la mesa una quincena de denuncias de líderes independentistas, que se han agrupado en tres categorías. La primera incluye los casos relacionados con los derechos políticos de los líderes independentistas en prisión preventiva, la segunda es la más numerosa con los condenados por sedición y malversación por el 1-O y la tercera incluye los casos referentes a la libertad de expresión por el veto del Tribunal Constitucional a debates en el Parlament.

El tribunal ha empezado a analizar los recursos de los nueve condenados por el 1-O contra la sentencia del Tribunal Supremo. Estrasburgo ha dado al Estado hasta febrero para responder a una serie de cuestiones sobre las violaciones de derechos fundamentales alegadas por los nueve condenados. El Gobierno espera aprobar la ley de amnistía a finales de enero y pidió más tiempo para responder al TEDH. De momento, el tribunal europeo ha preguntado si el Tribunal Supremo aplicó una "interpretación imprevisible y expansiva del delito de sedición y malversación" y si la condena fue por un "ejercicio legítimo de sus derechos a la libertad de asociación y expresión", tal como defienden los líderes independentistas condenados por el 1-O.

La admisión de los recursos

Las preguntas de Estrasburgo al Estado no suponen que los recursos se hayan admitido a trámite, sino que el TEDH empieza a analizarlos después de haber hecho una "evaluación preliminar de la admisibilidad". A diferencia otras instancias judiciales, Estrasburgo no informa cuando admite a trámite.

Entre las cuestiones que plantea a las autoridades españolas también hay si se violó "el derecho a la defensa" de los condenados, si la sentencia "no estaba basada en ninguna prueba" y si los derechos que los condenados alegan que se violaron fueron "para una finalidad diferente a las previstas en la Convención".

Concretamente, los líderes independentistas condenados por el 1-O alegaban en el recurso que se les había aplicado una "interpretación extensiva e imprevisible" de los delitos de sedición y malversación y que se les condenó por sedición cuando "en realidad solo alentaron la gente a ir a manifestaciones en defensa del proceso de independencia y a participar en el referéndum" del 1-O.

También argumentaban que el encarcelamiento fue "desproporcionado y no estaba basado en nada más que su ejercicio legítimo del derecho a la libertad de manifestación y expresión", que sufrieron una "violación de los derechos a la defensa" y que la sentencia "interfirió desproporcionadamente en sus derechos políticos".